
Durante el proceso judicial, el exinspector jefe de Policía Ricardo Ferris argumentó en su defensa que no pretendía generalizar al señalar a todo el colectivo de extranjeros, sino que sus declaraciones trataban sobre la relación entre inmigración ilegal y delincuencia conforme a estadísticas que, según él, justificaban su postura. Este exjefe policial, quien participó en la jornada en calidad de delegado del sindicato policial Jupol, recalcó que asistió al evento a título personal y que, además, nunca supo que la charla iba a ser grabada o difundida a través de YouTube. Tal como publicó Europa Press, la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) confirmó la absolución previa de Ferris, destacando que sus manifestaciones en el Ateneo Mercantil de València quedan amparadas por la libertad de expresión.
De acuerdo con la información proporcionada por Europa Press, el tribunal desestimó la apelación presentada por la Fiscalía, la cual había sido respaldada por las entidades sociales ‘Cim Burkina’ y ‘València Acull’. La sentencia revisada por el TSJCV ratifica el argumento de la Audiencia de Valencia, que consideró que las palabras emitidas por el exinspector durante la charla pública sobre inmigración y seguridad ciudadana se encuadraron dentro del derecho a emitir opiniones incluso controvertidas en el contexto de debates de interés general. Así, la sala de lo Civil y Penal concluyó que las expresiones no resultaban de una intensidad tal que pudieran excluirse de la protección constitucional, dado que se trataba de un asunto relevante para el conjunto de la ciudadanía.
El TSJCV precisó en su resolución que, aunque las declaraciones de Ferris no coincidían en gran medida con los datos sociológicos y se expresaron con escaso respeto, no alcanzaron el umbral de lo “intolerable” exigido para fijar límites a la libertad de expresión. La sentencia recogida por Europa Press cita textualmente que “dado el ámbito y los términos en que comunicó sus opiniones al respecto del tema de la relación entre delincuencia e inmigración ilegal, un castigo penal del acusado limitaría injustificadamente su libertad de expresión”. Este razonamiento llevó al tribunal a respaldar de forma íntegra el fallo de la Audiencia Provincial de Valencia.
Durante la jornada celebrada el 14 de octubre de 2022, organizada por la Fundación para la Defensa de la Nación Española junto a VOX Cortes Valencianas, Ferris hizo varias afirmaciones que rápidamente generaron polémica. Entre ellas, sostuvo: “inmigración ilegal es igual a delincuencia”, y sugirió que la mayoría de los detenidos por la policía y la Guardia Civil eran extranjeros o personas procedentes de fuera de España. En otra parte de su intervención, aseguró: “No estoy hablando simplemente de estos tipos que llegan en las pateras, que muchos de ellos son delincuentes”. Además, puso en entredicho la efectividad de Frontex, el organismo europeo encargado del control de los flujos de inmigración, al asegurar que “es un paripé” y “no sirve absolutamente para nada”.
El discurso, grabado y posteriormente divulgado por YouTube, generó la reacción de la Fiscalía y de organizaciones sociales dedicadas a la defensa de los derechos de los inmigrantes. Ambas partes consideraron que esas manifestaciones vulneraban los límites de la libertad de expresión y fomentaban la discriminación. No obstante, la Audiencia de Valencia había entendido, y así lo ratificó el TSJCV según Europa Press, que la intervención de Ferris estuvo orientada principalmente a expresar ideas y valoraciones sobre la gravedad de la delincuencia y su posible relación con la inmigración, más que a describir hechos objetivos.
El texto íntegro de la sentencia consultada por Europa Press señala que, aunque en el discurso se aportaron cifras relacionadas con la detención de extranjeros, la línea general de la exposición correspondió al ejercicio de la libertad de emitir juicios de valor sobre cuestiones de interés público. El tribunal matizó que, si bien la libertad de expresión protege estas afirmaciones, debe valorarse la posible falta de correspondencia con datos estadísticos oficiales, pero siempre desde el prisma de los límites de la libertad de expresión y no como una cuestión de la libertad de información veraz.
Durante el juicio, Ferris defendió que su intención no era caracterizar a todos los extranjeros como delincuentes. Reafirmó que su trayectoria se oponía a actitudes racistas y se definió a sí mismo como una persona dedicada al activismo social en beneficio de quienes migran. Su abogado, Juan Carlos Navarro, argumentó que la intervención del exinspector reflejaba estadísticas y experiencias recogidas en su labor profesional y no un ánimo de incitar al odio.
Europa Press detalló que la sentencia del TSJCV refuerza la garantía constitucional sobre la libertad de expresión, especialmente en debates que afectan a la sociedad en su conjunto y que pueden resultar objeto de controversia. El tribunal valenciano concluyó que la reacción de las autoridades debía basarse en el respeto a este derecho fundamental, incluso en aquellos casos donde las ideas expuestas resulten discordantes o incómodas. Por tanto, mantuvo la absolución de Ferris y consideró injustificadas nuevas limitaciones penales a su conducta.
Últimas Noticias
El PSE-EE homenajea este sábado en Arrasate (Guipúzcoa) a Isaías Carrasco, asesinado por ETA hace 18 años
Familiares, allegados y representantes políticos se reunirán en una emotiva ceremonia en la calle Navas de Tolosa para recordar al exedil, víctima de un atentado en 2008, con la intervención de Eneko Andueza



