
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución de dos jóvenes acusados de agredir sexualmente junto a un menor a una chica de 17 años en la playa de Motril en la madrugada del 25 de julio de 2021.
Los acusados, de 18 y 21 años en el momento de los hechos, ya fueron absueltos por la Sección Segunda de la Audiencia de Granada del delito continuado de agresión sexual del que fueron acusados al existir "dudas razonables" sobre si se trató de relaciones consentidas por parte de la víctima.
El tribunal consideró probado que aquella noche los acusados, en compañía de un menor de edad, se encontraban en un chiringuito de Playa Granada y, sobre las 1,30 horas, cuando se estaba cerrando el establecimiento, se encontraron con la víctima.
Ella había estado en ese mismo local en compañía de algunos amigos y a la salida se había despistado de ellos. Dado que tenía poca batería en su móvil, en la puerta del establecimiento pidió a un amigo que le dejara el suyo para llamar a sus amigas, pero no logró contactar con ellas. Posteriormente, le pidió su teléfono a uno de los acusados para mandar un mensaje por Instagram a una amiga con la que había estado y que se había marchado. En ese momento se inició entre los acusados y la víctima una conversación de índole sexual en la que ellos le propusieron llamar a su amiga y realizar un trío.
A continuación, los tres jóvenes y la menor se fueron caminando a la playa, manteniendo durante el trayecto una "conversación sobre sus propósitos sexuales", mantiene la sentencia. Una vez en la arena de la playa, todos ellos mantuvieron relaciones sexuales.
Según consideró probado el tribunal, seguidamente la menor decidió que tenían que marcharse y pidió a uno de los jóvenes que la llevara a casa en moto, dejándola éste en las inmediaciones de la casa donde ella se encontraba de vacaciones con sus padres.
"EXAMEN CONCIENZUDO"
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha refrendado la decisión de la Audiencia de Granada de absolver a los dos adultos acusados. Sostiene, de hecho, que la Audiencia, "consciente de la gravedad de los hechos", efectuó un "concienzudo examen del material probatorio aportado por acusación y defensa".
Los acusados admitieron que mantuvieron relaciones sexuales con la joven en la playa cercana al chiringuito y aunque en principio el testimonio de ella "no resulta intrínsecamente inverosímil", la Audiencia encontró discrepancias en su relato que "afectan a aspectos relevantes" de la imputación, lo que introdujo "dudas razonables en los magistrados sobre la ausencia de consentimiento para mantener dichos contactos".
De hecho, el informe de Evaluación, Diagnóstico y Tratamiento efectuado por dos psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos catalogó el testimonio de la joven como "indeterminado".
Por otro lado, y aunque se considera probado que la joven bebió alcohol aquella noche, la Audiencia no consideró que ello limitara su capacidad para consentir mantener relaciones, entre otras cosas porque ella declaró que "controlaba y era consciente de lo que estaba sucediendo".
Señala el alto tribunal andaluz en conclusión que estas dudas sobre cómo ocurrieron los hechos "necesariamente debían operar en favor" de los acusados, de modo que la Audiencia se vio "abocada a dictar una sentencia absolutoria", que ahora ha sido confirmada. Contra este fallo del TSJA cabe recurso de casación.


