Ratifican siete años para un hombre por agredir sexualmente y coaccionar a su expareja en Soria

El tribunal rechaza el recurso de la defensa y confirma el fallo que ordena cárcel, indemnización, expulsión y prohibición de reingreso para el agresor, fundamentándose en pruebas forenses, testimonio de la víctima y dictámenes oficiales de toxicología

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El procedimiento judicial incluyó la participación del Instituto Nacional de Toxicología, cuyos dictámenes aportaron elementos científicos que, junto al testimonio de la víctima, resultaron determinantes para sostener la acusación. Esta combinación de pruebas permitió que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León refrendara en su totalidad la sentencia inicial contra un hombre condenado por agredir sexualmente y coaccionar a su expareja durante el verano de 2024 en una localidad de Soria, imponiendo una condena de siete años de prisión, una indemnización económica y medidas de expulsión tras el cumplimiento parcial de la pena, según publicó el medio.

El fallo, conocido este jueves, establece que una vez el condenado haya cumplido dos tercios de su condena en prisión, será expulsado del territorio español y quedará prohibida su entrada durante un periodo de diez años. Los magistrados validaron la totalidad de pruebas presentadas, incluyendo los informes forenses y la declaración de la denunciante, que fue considerada como coherente y exenta de contradicciones, en contraposición a la versión del acusado. El medio detalló que este, durante la tramitación de la causa, permaneció privado de libertad en situación preventiva.

Según consignó el medio, los hechos se remontan al momento en que la relación entre la víctima y el acusado terminó abruptamente, al detectarse un mensaje enviado por otra mujer al procesado. Poco después, el condenado se presentó en la vivienda de la mujer, donde ella se encontraba acompañada de un amigo. Tras una sucesión de llamadas reiteradas a la puerta, el acompañante de la víctima salió del domicilio por la ventana, tratando así de prevenir un conflicto con el acusado. El hombre, tras acceder al interior de la vivienda, advirtió la reciente salida del visitante, iniciando un episodio en el cual profirió amenazas e insultos hacia la mujer. El relato judicial recogido por el medio indica que el agresor llegó a utilizar un tenedor para presionar el cuello de la víctima y, bajo este clima de intimidación, tuvo lugar la agresión sexual, manteniéndose las persianas cerradas y la música a alto volumen durante el episodio.

La secuencia de los hechos finalizó cuando el condenado se apoderó del teléfono móvil y de las llaves del domicilio de la víctima antes de irse del lugar, lo que obligó a la mujer a escapar por la ventana para pedir auxilio y formalizar la denuncia ante las autoridades. Tras el inicio de la investigación, el proceso pasó a la Audiencia Provincial de Soria, donde se valoró especialmente la declaración de la víctima, enmarcándola como consistente y sin falsedades. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, al revisar el recurso presentado posteriormente por la defensa, descartó cualquier irregularidad procesal y confirmó la sentencia penal y todas las medidas accesorias impuestas en primera instancia.

La sentencia notificada incluye, además del ingreso en prisión, la obligación de abonar 16.195 euros en concepto de indemnización a la víctima, así como la formalización de una orden de expulsión del territorio español y la imposibilidad de nuevos ingresos por un período de diez años, aplicables una vez el condenado cumpla la mayor parte de la pena. Las imputaciones ratificadas abarcan los delitos de agresión sexual, coacciones, injurias, dolo y hurto, todos concentrados en los acontecimientos de una misma noche en la que la relación de pareja terminó.

De acuerdo con la información difundida por el medio, la solidez del caso se basó en la convergencia de pruebas científicas y testimonios directos, que sustentaron la acusación desde la instrucción hasta el fallo final del máximo órgano judicial autonómico en materia civil y penal. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León no detectó deficiencias en la investigación ni en la forma en que se realizó el juicio oral, reafirmando así la corrección de las actuaciones de la Audiencia Provincial.

Según informó el medio, el procesado cuenta con la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, mecanismo que permitiría una revisión posterior por parte de la jurisdicción superior. Esta vía se mantiene abierta, aunque su sola existencia no modifica la vigencia de la condena, cuya ejecución sigue adelante salvo resolución en contrario del alto tribunal.

Las medidas dictadas en la sentencia contemplan tanto la privación de libertad como sanciones económicas y restricciones migratorias, constituyendo un esquema integral de penalización respecto a los delitos probados en el proceso. El relato recoge el trayecto seguido por la víctima, desde su huida por la ventana hasta la denuncia ante las autoridades y el procedimiento penal que desencadenó la resolución judicial definitiva.

La ratificación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León enfatiza la validez de los elementos probatorios presentados y la correcta valoración realizada por el tribunal inicial. Según reiteró el medio, esta resolución cierra el proceso penal al confirmar la solidez de la acusación, la respuesta judicial y el alcance de las medidas adoptadas en función de los delitos cometidos en la jurisdicción de Castilla y León.

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