
El Juzgado Mercantil 2 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por la empresa Just Eat contra Glovo a la que reclamaba 295.000.000 euros por competencia desleal, al considerar que la plataforma actuó siempre "dentro de la legalidad" y que los contratos desde 2019 garantizaban la autonomía de los repartidores, permitiendo estos servicios en régimen de autónomo.
Según la sentencia consultada por Europa Press, esta considera que el servicio de reparto de comida a domicilio mediante plataformas digitales es un negocio "innovador, tecnológicamente avanzado" y que el marco laboral de su regulación resulta "controvertido y obsoleto".
Además, el juez considera que ambas empresas presentan modelos de negocio diferentes, ya que el 80% del negocio de Just Eat es el mercado físico y el 20% a domicilio, en comparación con Glovo, donde sucede "lo contrario", por lo que la laboralización de los riders no es la única diferencia.
(HABRÁ AMPLIACIÓN)
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