
El magistrado del Tribunal Supremo (TS) que investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, poruna presunta revelación de secretos ha rechazado las últimas diligencias solicitadas por la Fiscalía, argumentando que en este momento procesal, con la instrucción terminada, solo están previstas cuando el Ministerio Fiscal no ha podido ejercer la acusación y que, en este caso, "está contribuyendo de manera declarada a la defensa de los investigados".
El instructor Ángel Hurtado responde así a la petición realizada el lunes por la 'número dos' de la Fiscalía, María Ángeles Sánchez Conde, de citar como testigos a un periodista de La Sexta que asegura que tenía información de la "confesión" de Alberto González Amador --pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso-- antes de que el correo clave llegara al fiscal general y a otro de 'El País' cuyo testimonio cree que también podría exculpar al jefe del Ministerio Público.
Hurtado lo rechaza razonando que la ley "solo habilita para pedir esas diligencias complementarias al Ministerio Fiscal cuando manifieste su imposibilidad para formular escrito de acusación", y que en este caso la Fiscalía "está contribuyendo de manera declarada a la defensa de los investigados", como --alega-- demuestra su recurso de apelación para que se revoque el procesamiento de García Ortiz y de la otra imputada, la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
A ello suma que en esta fase procesal solo se pueden acordar nuevas diligencas de forma "excepcional" y cuando son indispensables, dos circunstancias que el magistrado descarta que concurran en este caso.
"Por un lado, porque abundan en la aportación de datos ya tenidos en cuenta, y, por otro, porque, si con ellas se pretende defender la tesis de que, por haber circulado con anterioridad a la filtración del correo de 2 de febrero de 2024 información en torno a la posible conformidad de González Amador, los hechos carecen de relevancia penal, ésta ha sido razonadamente descartada" en el auto de procesamiento, afirma.
Con todo, Hurtado cree que "no debería extrañar la consideración que realiza la representación procesal de la APIF (Asociación Profesional e Independiente de Fiscales) cuando, en su escrito de oposición a la petición del Ministerio Fiscal, considera que entraña 'un fraude de ley'" y pide que se multe a Sánchez Conde por "mala fe procesal".
RECHAZA MULTAR A SÁNCHEZ CONDE POR SU "POSICIÓN INSTITUCIONAL"
Pese a ello, el magistrado rechaza también la petición de la APIF, pese a la "infundada petición" del Ministerio Fiscal, porque "no cabe desconocer su posición institucional".
Hurtado insiste en que "lo fundamental era estar al contenido sensible y reservado del correo de 2 de febrero de 2024 por contener datos afectantes a la intimidad y el marco de confidencialidad en que se concibió, y que esa reserva y confidencialidad a la que tenía derecho González Amador sobre el concreto contenido del correo de 2 de febrero de 2024, solo se vio quebrada cuando alguien ajeno a él y sin su autorización filtró su contenido".
"De hecho, no deja de sorprender que, de estar convencido el investigado de que, por haber circulado información sobre ese pacto de conformidad con anterioridad, la filtración del correo de 2 de febrero de 2024 ya no sería constitutiva de delito, porque ya se habría revelado el secreto y perdido su carácter de reservado, sin embargo, venga manteniendo que no lo filtró él", desliza a García Ortiz.
Se trata del 'email' enviado por Carlos Neira, el abogado de González Amador, a la cuenta genérica de la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid y a un abogado del Estado de la sección penal donde se ofrecía a que su cliente reconociera los dos delitos fiscales por los que se le investigaba a cambio de llegar a un acuerdo de conformidad. Este correo electrónico se ha convertido en el eje de la causa contra García Ortiz y Rodríguez.
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