El Supremo verá el 1 de julio los recursos a la sentencia del atropello mortal de Santander ocurrido en febrero de 2023

El Tribunal Supremo evaluará la solicitud de repetición del juicio sobre el atropello mortal en Santander, que dejó un fallecido y modificó las penas de los conductores involucrados

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite los recursos de casación a la sentencia por el atropello mortal de la calle Castelar de Santander, ocurrido en febrero de 2023 y en el que falleció un joven motorista de 19 años, y ha señalado el próximo 1 de julio para la deliberación y decisión acerca de los mismos.

Así figura en una providencia de la Sala Segunda del TS fechada el pasado 7 de mayo y remitida a una de las partes, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se da cuenta de la admisión y de la fecha para deliberar y decidir.

El conductor considerado autor material del atropello, en prisión provisional desde los hechos, solicitó al Supremo la repetición del juicio tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que elevó de cinco a trece años, ocho meses y un día la pena de cárcel para él, por chocar frontalmente con el motorista, al entender que fue un homicidio doloso y no imprudente, como había sentenciado la Audiencia Provincial.

En paralelo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJC redujo de cuatro a tres años y medio de prisión la pena del otro automovilista implicado, con el que el principal encausado tuvo un 'pique' al volante y mantuvo una carrera a gran velocidad por el centro de la capital cántabra

Los magistrados del alto tribunal cántabro modificaron la calificación de los delitos atribuidos a ambos conductores --que han recurrido al Supremo, así como también la acusación particular, ejercida por familiares de la víctima-- y rechazaron la petición de la Fiscalía --que no han presentado recurso de casación-- de anular y repetir la vista oral pese a las contradicciones entre los hechos probados por el jurado y la posterior sentencia de la Audiencia, que los calificó de homicidio imprudente y no doloso.

En concreto, la defensa del principal encausado reclamó al Alto Tribunal volver a celebrar el plenario, medida solicitada en el marco de la infracción de la tutela judicial que alega esta parte.

SENTENCIA TSJC

La resolución del TSJC estimó parcialmente el recurso de apelación de la acusación particular y elevó la pena del automovilista que colisionó contra el motorista, que falleció en el acto, al considerarlo autor de un homicidio doloso y no imprudente.

La Sala entendió que cometió un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás, con la circunstancia agravante de reincidencia, en concurso con un delito de homicidio doloso.

Además de elevarle la pena de prisión, se le privó del derecho a conducir durante diez años, lo que conlleva la pérdida de vigencia del permiso de conducir, y se le impuso el pago de una indemnización a los familiares del fallecido que asciende a 348.500 euros.

Del mismo modo, la Sala estimó parcialmente el recurso de la defensa del otro conductor, que participó en un 'pique' con el anterior, y al que la sentencia de instancia consideró cooperador necesario del delito de homicidio por imprudencia.

En este caso, el tribunal le eximió de esa participación en el homicidio y le condenó como autor de un delito contra la seguridad vial con una pena de tres años y medio de prisión, frente a la pena inicial de cuatro años de cárcel.

Y mantuvo para este acusado la multa de 4.320 euros y la privación del derecho a conducir durante ocho años, que igualmente supone la pérdida de la vigencia del permiso a conducir.

CONTRADICCIONES

Los magistrados del TSJC coincidieron con la Fiscalía cántabra en que existen contradicciones en el veredicto del jurado "porque se afirma que los acusados conocían la probabilidad de causar muertes, aceptaron la posibilidad de causar muertes y continuaron con su acción, hechos que son incompatibles con afirmar que no asumieron que era probable causar muertes".

Pero pese a que calificó de "relevante" esa contradicción, la Sala coincidió con la acusación particular en que "no concurre motivo para acordar la nulidad del veredicto y de la sentencia" y, por tanto, la celebración de nuevo del juicio.

MAGISTRADOS DEL SUPREMO

Ahora, la Sala Segunda del Tribunal del Supremo deberá deliberar y decidir sobre la petición de repetición del juicio y otros extremos solicitados por las partes recurrentes -defensas, acusación particular y compañía aseguradora-.

Los encargados de ver los recursos son los magistrados Andrés Martínez Arrieta -que presidirá el tribunal-, Andrés Palomo del Arco, Vicente Magro Servet, Eduardo de Porres y Pablo Llarena, tal y como consta en la resolución consultada por esta agencia.

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