Antonio Lorenzo, asesor inmobiliario: “Si crees que eres libre después de pagar la hipoteca, no es exactamente así”

El asesor revela el trámite que el banco no comunica tras el último pago y que puede costar caro si se posterga hasta el momento de vender la vivienda

Un juego de llaves con un llavero en forma de casa, una calculadora y un plano de vivienda sobre una mesa de madera.
Un plano de vivienda con un gráfico de ingresos y gastos acompaña a un juego de llaves y una calculadora sobre una superficie de madera. (Imagen Ilustrativa Infobae)
Guardar

Terminar de pagar una hipoteca no significa que la vivienda quede libre de cargas de forma automática. Antonio Lorenzo, asesor inmobiliario, advierte que miles de propietarios creen haber saldado su deuda cuando en realidad falta un trámite legal imprescindible: la cancelación registral. “Lo que tienes que hacer ahora es ir a notaría, hacer una escritura de cancelación y llevarla al registro de la propiedad”, explica Antonio Lorenzo sobre el paso que sigue después del último recibo bancario.

Pagar la última cuota de un préstamo hipotecario extingue la deuda con el banco, pero no borra la hipoteca del Registro de la Propiedad. Esa carga sigue figurando sobre el inmueble hasta que el propietario tramita de forma expresa su cancelación registral, un proceso que incluye notaría e inscripción y que corre por cuenta del titular de la vivienda.

PUBLICIDAD

El banco no avisa cuando termina el préstamo

Lorenzo señala que la falta de información es el primer obstáculo. “¿Y por qué el banco no me avisó de esto? Me he enterado de casualidad”, plantea el asesor al describir la reacción habitual de quienes acaban de pagar su último plazo.

El Colegio de Registradores de España respalda esa descripción del procedimiento. Según precisa el organismo, la extinción de la deuda no produce por sí sola la desaparición de la carga en el Registro, por lo que la cancelación exige un trámite adicional.

Los pasos obligatorios tras el último pago

El itinerario comienza con el llamado certificado de deuda cero, que la entidad bancaria debe entregar sin coste al cliente como prueba de que el préstamo quedó saldado.

PUBLICIDAD

Con ese documento en mano, el propietario debe acudir a una notaría para firmar la escritura de cancelación. El trámite continúa con la cumplimentación del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), exento de pago en estos casos, y concluye con la presentación de toda la documentación en el Registro de la Propiedad.

Las hipotecas sobre vivienda marcan récord en 15 años para un mes de julio.

El propietario puede gestionar estos pasos por su cuenta, contratar una gestoría o delegarlo en el propio banco. El Banco de España detalla que los gastos notariales rondan los 130 euros para un préstamo de 50.000 euros y pueden llegar a 260 euros en operaciones de 500.000 euros, mientras que los honorarios de gestoría oscilan entre 100 y 500 euros según el caso.

Vender la casa sin cancelar sale más caro

El riesgo de postergar el trámite aparece en el momento de la venta. “Si no lo haces tú ahora, el día que quieras vender la casa, ellos te van a cobrar una pasta por hacerlo todo aprisa”, advierte Antonio Lorenzo sobre las consecuencias de dejar pendiente la cancelación.

El Registro de la Propiedad no exige legalmente cancelar la hipoteca tras pagarla. Sin embargo, dejar la carga inscrita expone al propietario a trámites más costosos y urgentes en el momento de una compraventa, cuando los plazos ya no dependen de su voluntad sino de los tiempos de la operación.

El organismo aclara que el titular de la finca puede elegir entre solicitar la cancelación o dejar el inmueble tal como figura en el Registro, aunque la recomendación general apunta a resolverlo cuanto antes.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD