
La Audiencia Nacional ha decidido anular la resolución que absolvió a la actriz Ana Duato y al productor Miguel Ángel Bernardeu en el conocido ‘caso Nummaria’. A raíz de esta decisión, el órgano judicial ha ordenado la celebración de un nuevo juicio a cargo de un tribunal distinto. Según la sentencia dictada por la Sala de Apelación, citada por Europa Press, también se modifica la condena impuesta al asesor fiscal y responsable del despacho, Fernando Peña.
El tribunal argumenta que la resolución recurrida no fundamenta de manera lógica la absolución de Duato y Bernardeu. Precisa, además, que sus competencias no permiten revocar el juicio de culpabilidad recogido en la sentencia recurrida ni dictar una condena en esta fase del proceso. La actriz está acusada de defraudar 1,9 millones de euros a Hacienda entre 2010-2017.
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En la sentencia de la Audiencia Nacional, el tribunal reconoce que Ana Duato declaró íntegramente sus ingresos ante Hacienda, aunque solo tributó como rendimientos del trabajo por el 40% y calificó el resto como renta vitalicia, aplicando así una reducción fiscal del 60%. Sin embargo, la Sala considera que no quedó acreditado que la actriz fuera consciente de estar quebrantando la normativa tributaria al acogerse a la estructura fiscal propuesta por el despacho Nummaria.
Sentencia sobre Ana Duato
El escrito señala la ausencia de pruebas directas que demuestren el dolo, es decir, la voluntad de cometer fraude fiscal, y sostiene en su fallo que la condición de “simple actriz” —ajena a los detalles técnicos—, así como su confianza en asesores fiscales, permitía albergar una duda razonable acerca de la intencionalidad del delito. La sentencia alude, además, a la ausencia de ocultación deliberada de ingresos y asienta la absolución en el principio “in dubio pro reo”, resolviendo la duda existente en favor de la acusada.
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La decisión de la Audiencia Nacional de anular la absolución de Ana Duato y de Miguel Ángel Bernardeau obedece, explica la Sala de Apelación, a que el tribunal de instancia prescindió de argumentos suficientemente lógicos y detallados sobre la culpabilidad de la actriz. El auto sostiene que la motivación del fallo carece de un hilo razonable entre los hechos admitidos (la canalización de rendimientos a través de sociedades y la ficticia renta vitalicia) y la conclusión de que Duato no tenía conocimiento del fraude.
Según el recurso, la propia acusada firmó contratos fundamentales y se benefició de una reducción fiscal del 50%, careciendo la sentencia, a juicio de la Sala revisora, de una explicación detallada que justifique cómo pudo ignorar el carácter instrumental de la empresa Gaumukh. Por este motivo, y ante la obligación de una motivación reforzada, la Audiencia Nacional ha ordenado repetir el juicio con un tribunal distinto, reiterando que las propias cuotas defraudadas sobrepasan el umbral penal y que debe emitirse un nuevo fallo, esta vez con la exigencia de fundamentar explícitamente la existencia o no de dolor.
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