
El Tribunal Supremo ha reducido la sanción disciplinaria a un alumno de la academia de la Guardia Civil que incluyó en un trabajo académico los nombres del presidente del Gobierno y de varias figuras políticas como detenidos y presuntos autores de un delito. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha resuelto que la sanción definitiva para D. Amadeo debe ser de 15 días de pérdida de haberes con suspensión de funciones, en lugar de los veinte días que le fueron impuestos inicialmente.
El caso comenzó en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil en Aranjuez. Según relata el tribunal, en varios trabajos académicos, el alumno usó los nombres reales del presidente del Gobierno y de políticos conocidos en ejemplos ficticios, entre ellos, una detención por un delito de atraco a un banco. Además, incluyó un listado de graves antecedentes policiales en el ejercicio ficticio. El comandante de la Guardia Civil, al ver estos trabajos, elevó parte de los hechos el 20 de mayo de 2021.
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A raíz de estos hechos, el General Jefe de la Jefatura de Enseñanza incoó expediente disciplinario por falta grave, en virtud del artículo 8.1 de la Ley Orgánica 12/2007, que sanciona los actos atentatorios contra la dignidad de las instituciones o de las autoridades que las representan.
El primer pliego de cargos proponía una sanción de quince días de pérdida de haberes con suspensión de funciones. El alumno aceptó por escrito la sanción y solicitó la máxima celeridad. Sin embargo, un posterior informe jurídico recomendó advertirle que la sanción podría alcanzar hasta veinte días, volviendo él a mostrar su conformidad por escrito.
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La Directora General de la Guardia Civil rechazó el recurso presentado por el sancionado, por lo que se agotó la vía administrativa y el caso pasó a manos del Tribunal Militar Central. Allí, el teniente pidió que se anulase la sanción y que le devolvieran el dinero descontado. El Tribunal Militar Central, en junio de 2025, mantuvo la sanción por considerar que los hechos eran graves y el castigo adecuado.
El alumno aceptó la sanción desde un principio
Después de esta decisión, el alumno recurrió ante el Tribunal Supremo alegando que no se habían respetado sus derechos de defensa ni el procedimiento correcto. El Supremo, tras analizar el expediente y el desarrollo del proceso, concluyó que la autoridad sancionadora debió respetar la conformidad inicial con el pliego de cargos y la sanción propuesta de quince días, corrigiendo así la sanción impuesta.
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El tribunal ha subrayado que el recurrente, desde el inicio del procedimiento disciplinario, aceptó voluntariamente la sanción menor propuesta en el pliego de cargos, y que la autoridad sancionadora modificó posteriormente el castigo sin justificación suficiente.
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