La DGT lo confirma: se podrá conducir a los 17 años si se cumple este requisito

El nuevo modelo exigirá la presencia de un adulto supervisor hasta que el joven cumpla los 18 años y obtenga el permiso definitivo

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La medida busca reducir los riesgos y mejorar la formación vial de los conductores noveles
Los jóvenes podrán conducir desde los 17 años siempre acompañados por un adulto (Freepik)

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que España se prepara para implantar la denominada “conducción acompañada”, lo que permitirá a los jóvenes acceder al carné de coche a partir de los diecisiete años, siempre bajo la condición de que un adulto les supervise en todo momento al volante. Se trata de un paso para adaptar la legislación española a la nueva Directiva Europea 2025/2205, aprobada por la Unión Europea en noviembre de 2023.

El nuevo marco legal europeo autoriza que los menores de edad obtengan el permiso de conducción tipo B un año antes de lo permitido hasta ahora, pero estipula que la circulación en solitario estará prohibida hasta alcanzar los dieciocho años.

Para hacer efectiva la medida en España, el Gobierno tiene como plazo máximo el 26 de noviembre de 2028. Uno de los elementos diferenciadores será que el nuevo carné incluirá un código específico, el 98.02, en su parte trasera, señalando que el conductor está dentro del periodo obligatorio de supervisión.

El modelo de conducción acompañada que propone la DGT se basa en el sistema vigente en Alemania, orientado a incrementar la seguridad vial entre los conductores más jóvenes mediante la combinación de formación reglada y experiencia supervisada en carretera.

El acompañante, clave en la nueva norma

Montserrat Pérez, subdirectora general de Formación y Educación Vial de la DGT, ha explicado en la revista Tráfico y Seguridad vial que la regulación crea un marco claramente delimitado: la única alteración respecto al sistema actual será la edad a la que se permite la conducción práctica, mientras que los contenidos formativos —examen teórico, prácticas, prueba final— no experimentarán cambios. Según la propia directiva, el acompañamiento durante el primer año busca reducir los riesgos derivados de la inexperiencia y promover hábitos responsables desde el inicio de la vida como conductor.

El núcleo de esta reforma reside en la figura del acompañante. La normativa comunitaria impone requisitos mínimos para poder ejercer esa función, aunque cada Estado podrá endurecerlos e introducir condiciones adicionales, como restringir el número de adultos habilitados para acompañar a cada joven o exigir perfiles específicos.

Un conductor novel tras aprobar el examen de conducir (Pixabay)
Un conductor novel tras aprobar el examen de conducir (Pixabay)

El papel del tutor deja de verse como una mera formalidad y pasa a considerarse una responsabilidad activa, comprometiendo al adulto a intervenir en la supervisión real del aprendiz. Este modelo, según ha detallado Montserrat Pérez a la revista Tráfico y Seguridad vial, “pretende facilitar el acceso de los jóvenes al permiso” y, al mismo tiempo, “nos asegura que hasta que cumplan los 18 se va a supervisar su conducción, lo cual también puede resultar positivo”.

Para el aspirante menor de edad, el itinerario hacia el carné se mantiene intacto: formación teórica, examen teórico, clases prácticas y prueba práctica. La nueva directiva, en palabras de Pérez recogidas por la revista de la DGT, “no regula cómo formar a tus conductores”, limitándose a fijar los contenidos exigibles y los requisitos de acceso, elementos ya consolidados en el sistema español.

Este enfoque flexible permitirá a la DGT adaptar las condiciones en función de necesidades concretas. Pérez ha destacado que la conducción acompañada podría ser especialmente útil en contextos como el medio rural o para jóvenes que deban desplazarse por motivos de estudio. La novedad reside en que una práctica habitual hasta ahora informal, la de los primeros kilómetros pos-examen en compañía de algún familiar o amigo de confianza, se eleva a rango legal y se convierte en un componente central del modelo de formación vial.

Plazo hasta 2028 para aplicar la reforma

El calendario normativo europeo otorga a España un plazo hasta noviembre de 2028 para transponer definitivamente la directiva y concretar sus modalidades. Mientras tanto, la DGT ha creado un grupo de trabajo encargado de diseñar la aplicación práctica de la reforma, como ha confirmado el organismo.

Aunque la Directiva europea deja margen de maniobra a los países, subraya de forma unívoca que el objetivo principal es minimizar la siniestralidad entre los conductores nóveles. El texto legal insiste en que “acompañar a un menor al volante no es un trámite administrativo, sino una responsabilidad activa”, y enfatiza la importancia de la implicación pedagógica del adulto supervisando la conducción.

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Para la DGT, incorporar este acompañamiento formal resulta especialmente relevante en el tránsito inicial a la independencia al volante, en una franja de edad vulnerable. El proceso normativo en marcha ha sido presentado por la DGT como una institucionalización de una costumbre extendida entre los conductores noveles españoles.

Muchos de ellos han cubierto sus primeros trayectos bajo la supervisión informal de un acompañante antes de conducir en solitario; ahora, esa figura estará plenamente regulada. El organismo dirigido por Tráfico observa la reforma como un avance en la protección y formación de los más jóvenes, orientado a consolidar hábitos seguros en sus primeros meses al volante.