
El caso de Mossadek Ageli, en el Reino Unido, es probablemente único. Durante más de dos décadas, como ha contado el diario The Telegraph, acumuló 827 días de vacaciones que la empresa Sabtina Ltd se negó a concederle, al margen de cualquier legislación laboral. La promesa: que ya se los pagarían “en el futuro”, cuando pudieran prescindir de él durante unos días. Ese futuro ha tardado 25 años en llegar, y ha necesitado de la intervención de la justicia.
La situación de esta empresa era inusual, lo que propició este caso tan extraño. En los primeros años, Ageli y su asistente eran los únicos empleados en el Reino Unido a tiempo completo en esta compañía, un fondo de inversión que tiene su sede en Libia, lo que dificultó cualquier ausencia. Varios años no se tomó ninguno de los 30 días de vacaciones anuales que le correspondían, y posteriormente, durante casi una década, la dirección le rechazó 200 días adicionales.
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El acuerdo entre el trabajador y la empresa contemplaba que los días no disfrutados se acumularan y que las sumas correspondientes se abonaran en el futuro o al concluir la relación laboral. Con los años, Ageli recibió algunos pagos puntuales, como cerca de 15.000 euros percibidos en 2001 y 2004, pero la mayor parte de los días quedaron pendientes. “Fui el único firmante autorizado de la empresa durante más de 20 años y podría haber aprobado los pagos para mí y mi asistente cada año cuando no podíamos usar nuestras vacaciones. Sin embargo, no lo hice, aunque estaba dentro de mis competencias. Confiaba en recibir esos pagos”, explicó Ageli durante la audiencia, en declaraciones recogidas por The Telegraph.
Sin embargo, en 2022, el consejo de administración de la empresa se renovó y los nuevos directivos despidieron a Ageli por una supuesta “falta grave”. El directivo negó haber cometido faltas y subrayó que no se le permitió presentar su versión ni apelar la decisión. La empresa le dijo que, debido a esta “falta”, no le pagaría los días pendientes. Así que el asunto terminó en juicio.
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“No se le dio oportunidad de defenderse”
La justicia británica le ha dado la razón. El tribunal ha considerado que la empresa no pudo justificar un motivo válido para el despido y que el procedimiento fue defectuoso. El juez enfatizó: “Considero que el despido del [señor Ageli] fue claramente injusto en términos de procedimiento, ya que no se le notificaron los cargos en su contra, no se le informó de las pruebas en su contra, no se le dio oportunidad de defenderse en una audiencia disciplinaria y no se le permitió apelar”.
El tribunal ha ordenado a la empresa, filial de la Libyan Foreign Investment Company, abonar la totalidad de los días de vacaciones adeudados, una indemnización de 91.490 libras por despido injustificado y una suma adicional de 14.070 libras, sumando en total 392.000 libras (aproximadamente 460.000 euros). La sentencia reconoce el perjuicio acumulado y establece un precedente relevante para la protección de los derechos laborales vinculados al goce de vacaciones y la compensación correspondiente.
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