
La titular del Juzgado de Instrucción número 20 de Barcelona ha rechazado la adopción de medidas cautelarísimas solicitadas por la Fundación Española de Abogados Cristianos para paralizar la eutanasia de Noelia, una joven de 25 años parapléjica, prevista para este jueves. La magistrada fundamenta su decisión en la falta de competencia del órgano judicial para resolver sobre la petición planteada, según consta en la providencia dictada el 19 de marzo.
El auto, al que ha tenido acceso Infobae, señala que “no ha lugar a lo solicitado, al no ser esta Plaza de Instrucción competente para adoptar la decisión que se pretende, siendo improcedente dicha petición”. Con esta resolución, el intento ‘in extremis’ de suspender el procedimiento de muerte asistida queda sin efecto en esta vía judicial, permitiendo que el proceso siga adelante conforme al calendario previsto.
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Intento de paralización en el último momento
La solicitud de medidas cautelarísimas fue presentada por Abogados Cristianos en el marco de una querella por presunta prevaricación contra los profesionales que evaluaron a la joven. La organización pedía no solo la suspensión inmediata de la eutanasia, sino también que la paciente fuera sometida a tratamiento psicológico y psiquiátrico urgente.
La petición se produjo apenas un día antes de la fecha fijada para la intervención, prevista para las 18.00 horas del jueves. Según la fundación, la joven —diagnosticada con trastorno límite de la personalidad y trastorno obsesivo compulsivo— no habría recibido atención psiquiátrica desde 2022, circunstancia que, a su juicio, debería invalidar o al menos suspender el proceso.
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El padre de la joven, que se opone a la decisión de su hija, ha sido el principal impulsor de las acciones judiciales. A través de la citada organización, ha intentado agotar todas las vías legales para frenar la eutanasia, incluyendo recursos ante instancias nacionales e internacionales.

Respaldo judicial reiterado
El caso acumula ya un amplio recorrido judicial. En primera instancia, un juzgado de Barcelona avaló el derecho de la joven a acceder a la prestación de ayuda para morir, tras valorar los informes favorables de los profesionales médicos implicados. Hasta siete especialistas evaluaron el caso sin plantear dudas sobre la capacidad de decisión de la paciente ni sobre el cumplimiento de los requisitos legales.
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Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ratificó esa decisión al considerar que no existían argumentos que cuestionaran que la solicitante cumplía “con los elementos de base requeridos” por la ley. No obstante, el alto tribunal reconoció al padre el derecho a personarse en el procedimiento y recurrir, al entender que su interés era legítimo, aunque no fuera titular del derecho afectado.
El recorrido judicial continuó ante el Tribunal Supremo, que en enero rechazó el recurso de casación interpuesto por el progenitor, y posteriormente ante el Tribunal Constitucional, que inadmitió de forma unánime el recurso de amparo. Ambas resoluciones consolidaron el aval jurídico al proceso.
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En el ámbito internacional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también se ha pronunciado en contra de suspender la eutanasia. En una resolución dictada el 10 de marzo, el tribunal de Estrasburgo desestimó las medidas cautelares solicitadas por Abogados Cristianos, aunque mantiene pendiente un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
La decisión de la paciente
La joven, que sufre una lesión medular que afecta gravemente a su movilidad, había fijado personalmente la fecha para la intervención. En una entrevista televisiva concedida al programa ‘Y ahora Sonsoles’ de Antena 3, manifestó su voluntad de “irse en paz y dejar de sufrir”, en referencia al padecimiento físico y psicológico que arrastra desde hace años.
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En esa misma intervención, su madre expresó que, aunque no comparte la decisión, la acompañará en el proceso. El padre, en cambio, mantiene su oposición frontal y ha liderado las acciones judiciales con el objetivo de impedir la eutanasia.
El origen del caso se remonta a julio de 2024, cuando la Comisión de Garantías de la Generalitat de Cataluña avaló la solicitud de la joven. En vísperas de la fecha inicialmente prevista para la intervención, el 2 de agosto de ese mismo año, el padre acudió a los tribunales y logró una suspensión cautelar que abrió la puerta a la cadena de recursos posteriores.
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Desde Abogados Cristianos, se critica que la legislación vigente no exija de forma obligatoria un tratamiento previo en salud mental antes de autorizar la eutanasia. La organización defiende la necesidad de incorporar protocolos más estrictos en este ámbito, especialmente en casos donde concurren diagnósticos psiquiátricos.
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