
Tras cinco años de litigios, finalmente el Tribunal Supremo ha avalado el desmantelamiento de la estación de esquí del Puerto de Navacerrada en la vertiente castellanoleonesa. Este miércoles, se da por finalizada la temporada de 2026.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha inadmitido a trámite los dos recursos de casación interpuestos por la Junta de Castilla y León y la empresa concesionaria contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. El TSJCyL estableció el 31 de enero de 2024 que debía activarse el desmontaje de la infraestructura y que el Ejecutivo autonómico tenía la obligación de tramitar el expediente de caducidad de la autorización para ocupar el monte público por donde discurren las pistas de esquí.
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Así, el Tribunal Supremo en su providencia —fechada el 18 de marzo y dada a conocer este martes— certifica lo ya establecido por el TSJCyL: que debe desmontarse la instalación y que debe devolverse el monte Pinar de Valsaín a su estado anterior. Es la comunidad autónoma la encargada de obligar a Puerto de Navacerrada-Estación de Esquí, S.A., la empresa concesionaria, a que cumpla con estas obligaciones. Además, la Junta de Castilla y León deberá abonar las costas del Supremo a la Abogacía del Estado.

Protección del entorno y cambio climático: los motivos del Gobierno
Desde marzo de 2021, las pistas segovianas de Escaparate, Telégrafo y El Bosque no contaban con la concesión administrativa que autoriza su funcionamiento. Ese año, atendiendo a las consecuencias del calentamiento global, la alta presión humana y el hecho de que en su superficie se incluyan terreno con figuras de protección, el Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN) —dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), decidió no realizar una nueva concesión tras expirar el periodo de vigencia de 25 años de la anterior.
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“La decisión revertirá estos montes al dominio público forestal, garantizando la restauración ambiental y paisajística de estos terrenos de alto valor, situados en el entorno del Parque Nacional de la Sierra Norte de Guadarrama y catalogados como Zona de Ordenación Especial, que pasarían a formar parte de la Zona de Uso Limitado de Cumbres”, señalaba el OAPN en la nota de prensa de 2021, que indicaba que el desmonte debía finalizar antes del 30 de octubre de ese mismo año.
Esto no fue así. Tras el interés de la Junta de Castilla y León de continuar con la actividad de esquí en Navacerrada, comenzó un litigio que ha terminado finalmente con la inadmisión a trámite por parte del Tribunal Supremo de los recursos de dos casación.
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El Gobierno, en el momento en el que decidió no renovar la concesión, alegó diversos motivos. En primer lugar, que la superficie de 7,6 hectáreas “cuenta con diversas figuras de protección. Las pistas y los telesillas lindan con el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama; la toma de agua del arroyo del Telégrafo se sitúa aguas arriba del inicio del tramo del río Eresma, declarado Reserva Natural Fluvial del Alto Eresma, y el terreno se encuentra dentro de la Reserva de la Biosfera Real Sitio de San Ildefonso - El Espinar, de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y de la Zona de Especial Conservación (ZEC) Sierra de Guadarrama, que forma parte de la Red Natura 2000.
En segundo lugar, el MITECO se refirió al cambio climático: “Desde la década de los 70 (década de mejores condiciones para la existencia de nieve en Navacerrada), la temperatura media ha aumentado 1,95 ºC, la temperatura media de las mínimas también se ha incrementado en 0,77 ºC y la nieve se ha reducido en un 25 % (los días de helada disminuyen en 21,6 y los días de nieve en 24,2)”.
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Junto a esto, el OAPN señaló “la alta presión turística y recreativa que sufre la zona”, puesto que el Puerto de Navacerrada “soporta un grave problema de saturación y de acceso, aglomeraciones que, en ocasiones, suponen un problema de orden público y seguridad ciudadana, aportes de residuos sin una solución clara para su recogida y evacuación”.

En 2024, Ecologistas en Acción Sierras de la Comunidad de Madrid, que denunciaba la apertura de la Estación de Esquí del Puerto de Navacerrada pese a la sentencia del TSJCyL, se refería a los “graves impactos ambientales” que esta actividad genera “en el frágil entorno natural de las cumbres de las montañas”.
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La organización ecologista se refirió, por ejemplo, al “despilfarro económico y energético de la producción de nieve artificial”, las “grandes aglomeraciones humanas asociadas a residuos”, la “alteración de aguas en sus nacederos” o “la inviabilidad de mantener abierta la estación debido al calentamiento global del planeta”.
¿Afecta el cierre de Navacerrada a la Comunidad de Madrid?
La decisión del Tribunal Supremo con respecto a la sentencia del TSJCyL solo se refiere a las pistas de esquí de la vertiente segoviana, no a las de la Comunidad de Madrid. De hecho, en diciembre de 2024, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso anunció una nueva concesión para la vertiente madrileña por un periodo de 29 años. Al concurso de adjudicación solamente se presentó la empresa Puerto de Navacerrada Estación de Esquí S.A., la misma que operaba con anterioridad y la que se encargaba de la vertiente segoviana.
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Así, por el momento, las estaciones de esquí de Navacerrada de la parte perteneciente a la Comunidad de Madrid no se verán afectadas. Sin embargo, el desmantelamiento de las instalaciones de Castilla y León sientan un precedente en lo que se refiere a las decisiones de cierre o restauración ambiental de este tipo de enclaves situados en zonas protegidas y en las que la nieve escasea cada vez más.
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