
El Ministerio de Juventud e Infancia ha presentado un proyecto de reforma que busca impedir la entrada y la participación de menores de edad en eventos en los que se ejerza violencia contra animales, como las corridas de toros.
Esta propuesta forma parte de la ampliación de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI). El texto, remitido ya a todos los ministerios implicados, está pendiente de “las últimas aportaciones del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes” antes de su paso por el Consejo de Ministros.
“Prevenir los efectos nocivos de las corridas de toros en los niños”
El departamento que dirige Sira Rego plantea que no se permita ni la asistencia ni la intervención de menores en actividades, espectáculos o eventos donde haya violencia hacia los animales. Según fuentes del Ministerio, el objetivo es adaptar la legislación a la recomendación emitida por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU en 2018. Dicho comité pidió a España “prohibir la asistencia de menores de 18 años” a estos eventos, con el fin de “prevenir los efectos nocivos de las corridas de toros en los niños”.
Durante el reciente examen de España ante el Comité de los Derechos del Niño, varios miembros del organismo internacional consultaron a la delegación española sobre esta cuestión. Rego comunicó al Comité la incorporación de la prohibición en la reforma de la ley. En palabras de la ministra, recogidas en redes sociales y por Europa Press: “Niñas, niños y adolescentes no podrán participar ni asistir a eventos donde se ejerza violencia contra los animales, como las corridas de toros. Así lo contempla la ampliación de la Lopivi que proponemos desde el Ministerio de Juventud e Infancia”.
La exposición de motivos de la reforma detalla que “las actividades en las que esté presente la violencia conllevan riesgos significativos para la vida y la integridad física y psíquica, que puede afectar especialmente a las personas menores de edad”.
El texto añade que “la exposición temprana a la violencia puede desensibilizar a los menores de edad frente al sufrimiento ajeno, afectando negativamente el desarrollo de la empatía, normalizando la violencia como una forma de entretenimiento, influenciando la percepción de las personas menores de edad sobre la resolución de conflictos y el uso de la fuerza, con efectos duraderos en su bienestar emocional”.
Otros cambios en la LOPIVI
La propuesta introduce otros cambios en la normativa. Entre ellos, se encuentra la ampliación en diez años del plazo de prescripción para los delitos sexuales contra la infancia. Actualmente, ese plazo comienza cuando la víctima cumple 35 años; con la reforma, se iniciará cuando la víctima cumpla 45. El texto también prevé la obligatoriedad de escuchar a los menores en los procesos judiciales que les afecten, independientemente de su edad.
La reforma recoge la incorporación de la violencia de género al listado de delitos que impiden el ejercicio de profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores de edad. Otra novedad es la inclusión, por primera vez en una ley estatal, del reconocimiento de la violencia institucional. Según la ministra, esta medida supone que “toda omisión, retraso o práctica que comprometa la protección de las personas menores de edad sea identificada, investigada y reparada”.
El borrador de la reforma, enviado ya a los ministerios competentes, está a la espera de su aprobación definitiva para su futura aplicación. La propuesta busca adaptar la legislación a las recomendaciones internacionales y ampliar los mecanismos de protección de la infancia y la adolescencia frente a situaciones de violencia.
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