
El Gobierno ha dado un paso adelante para que los condenados por cualquier crimen no puedan sacar su propia producción, audiovisual o literaria, de ‘true crime’, por encima de la víctima. Esto ha sido posible con la aprobación del anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La norma, que ha obtenido luz verde hoy, irá más allá de la violencia vicaria, ya que se amplía a cualquier tipo de delito.
Hasta ahora, para frenar la difusión de estos relatos por parte de los victimarios, era necesario demostrar que el condenado obtenía un beneficio económico o notoriedad a partir de la exposición mediática de su caso. Con la reforma se elimina este requisito: bastará con que la víctima invoque su derecho al honor para impedir que el autor del crimen utilice ese relato con fines de proyección personal. Así lo ha detallado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, quien ha subrayado que la nueva regulación busca dar “mayor protección a las víctimas”.
La medida afecta directamente a casos mediáticos como los de José Bretón, condenado por asesinar a sus dos hijos, Ruth y José, y Ana Julia Quezada, responsable de la muerte del niño Gabriel Cruz Ramírez, ‘el pescaito’. Recordemos que ambos han intentado impulsar sus propias versiones de los hechos en los meses de marzo y mayo, respectivamente. Afortunadamente, ahora con la entrada en vigor de la nueva ley, cualquier iniciativa de este tipo queda definitivamente vetada. Y, por tanto, ya no podrán publicar sus proyectos.

‘El odio’ que casi se vende en todas las librerías de España
‘El odio’, el libro del periodista Luisgé Martín que daba forma al crimen de José Bretón -condenado por asesinar y quemar a sus hijos en octubre de 2011- iba a publicarse el pasado 26 de marzo de 2025. El libro -que ya contaba incluso con la portada- se basa en cartas y visitas a la prisión de Herrera de la Mancha, donde el autor accede a la versión de Bretón. Por primera vez en casi catorce años, se recogía la confesión del crimen, sus motivaciones y los detalles sobre cómo lo ejecutó.
Tras las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía para paralizar su circulación, la editorial Anagrama suspendió indefinidamente su distribución. Aunque la justicia denegó la petición, la editorial optó por mantener la decisión de frenar la distribución de manera “voluntaria”, según comunicó días antes del lanzamiento. Asimismo, la denuncia de Ruth Ortiz, madre de los niños, reavivó el debate: “Estos hechos están causando un tremendo dolor y nuevos daños psicológicos en mi mandante”, denunciaba su abogado en el escrito.
“Está asistiendo horrorizada a cómo la vida y asesinato de sus dos hijos pequeños está expuesta públicamente en todos los medios de comunicación, con detalles, comentarios y expresiones que ni siquiera aparecen en la sentencia, plagado de afirmaciones terribles”, afirmaba. La repercusión de sus palabras llegaron al Ministerio de Igualdad, desde donde se anunció la reforma legal para impedir que los autores de crímenes de violencia vicaria difundan información que incremente el sufrimiento de las víctimas.
Por su parte, Luisgé Martín prescindió de otras perspectivas que no fueran las de Bretón para su relato. “Lo que yo había tratado de escribir no era la crónica de un crimen o un relato explicativo de motivaciones y actos, sino sobre todo, un retrato oscuro del asesino y una cavilación temerosa acerca de la miseria humana y de los límites de la crueldad”, expresó.

“Pregunten a esas mujeres si permitirían que sus agresores cobraran desde la cárcel para contar sus casos”
Por su parte, el nombre de Ana Julia Quezada, condenada a prisión permanente revisable por el asesinato de Gabriel Cruz Ramírez en 2018, volvía a los medios de comunicación tras conocerse que intentó negociar su participación en una serie documental sobre el crimen. Durante su estancia en la prisión de Brieva (Ávila), Quezada habría mantenido relaciones sexuales con funcionarios del penal a cambio de favores, entre ellos el acceso a un teléfono móvil: un funcionario del centro fue detenido y acusado de abuso de función pública por facilitarle el dispositivo, mientras que las investigaciones se ampliaron a otro trabajador, un cocinero del centro, por hechos similares.
En paralelo, la reclusa habría tratado de cerrar un acuerdo con una productora para protagonizar un documental sobre el caso Gabriel Cruz. “Me contó que se estaba preparando un documental de Netflix por el que le pagarían unos 300.000 euros”, declaró la pareja de Ana Julia ante la Guardia Civil. De hecho, la condenada habría pedido un adelanto de “20 o 30.000 euros, porque no se fiaba”. No obstante, la denuncia de la madre del menor, Patricia Ramírez, ante la Guardia Civil paralizó el intento de rodaje a finales de 2024, lo que llevó a paralizar el proyecto. El asunto tomó tanta relevancia que Netflix, la plataforma por excelencia del ‘true crime’, tuvo que aclarar que no había ninguna productora en la preparación de un documental sobre el caso.
Aun así, Ramírez aseguró que Ana Julia cobraba dinero por mantener conversaciones con periodistas desde prisión, con el apoyo de algunos funcionarios, y denunció la “intención espuria de realizar un documental o serie televisiva”. Además, reveló que la asesina llevaba tres años solicitando permisos penitenciarios para grabar. La madre compareció en el Senado y redujo la importancia de la cuestión en una sola frase: “Pregunten a esas mujeres si permitirían que sus agresores cobraran desde la cárcel para contar sus casos”.
¿Quién podrá denunciar la vulneración de este derecho?
El Gobierno ya había incluido la regulación de los casos de los condenados por violencia vicaria en el anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en esta materia, que incorpora al Código Penal una nueva pena que consiste en la prohibición de publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido. No obstante, con la aprobación del anteproyecto de reforma se puede ir más allá.
De hecho, “se desvincula de la necesidad de que tenga un beneficio económico el que exista una intromisión ilegítima en el derecho al honor”, según ha señalado Bolaños. Asimismo, ha indicado que solo podrán denunciar la violación del derecho al honor de la víctima de un asesinato, las mismas fuentes han indicado que “la persona que hubiera designado en testamento, y en su defecto, o su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, o descendientes, ascendientes o hermanos”. También la Fiscalía, a falta de todos ellos.
En el momento de su aprobación, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, se pronunció acerca del libro de Luisgé Martín: “Afortunadamente, la sociedad acompañó a la víctima. La sociedad en ese momento fue por delante, incluso de la ley. Lo que queremos en esta ocasión es que la ley acompañe a la sociedad en ese reproche que se hizo en aquella ocasión. Y, por otro lado, también queremos adelantar las soluciones”, dijo. Concretamente, en el caso Bretón, la ministra ha explicado que se planteaba un conflicto de derechos, por un lado, la integridad moral de la madre y, por otro, la libertad de creación artística. “Para evitar ese conflicto, para evitar que se produzca y que se suscite esa confrontación de derechos, anticipamos la solución con esta ley”, añadió.
A pesar de la retirada de la editorial, el periodista recuperó los derechos del libro, asegurando que mantenía su intención de publicar su obra y que Anagrama había “sentido miedo de la presión social”. Sin embargo, en ninguna de las dos situaciones se podrá finalmente publicar definitivamente cualquier texto, imagen o declaración.
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