
El juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha acordado la apertura de juicio oral al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos por la filtración de información sobre el caso de fraude fiscal de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
El magistrado ha rechazado la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente de sus funciones a García Ortiz, aunque remite su auto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que, en su caso, resuelva lo que proceda y le informe de la decisión adoptada.
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En relación con las medidas cautelares reales, el magistrado le impone una fianza de 150.000 euros (APIF reclamaba 300.000 euros) para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que se puedan derivar, con el apercibimiento de que, si no la presta en el plazo de cinco días, se le embargarán bienes para asegurar dicha cantidad.
El auto de apertura de juicio oral llega seis semanas después de que la Sala de Apelación del TS confirmara el procesamiento de García Ortiz al considerar que impulsó y coordinó “personalmente” la filtración. Esta decisión se adoptó por mayoría de dos contra uno, toda vez que el magistrado Andrés Palomo emitió un voto particular discrepante. Se trata de la primera vez que un fiscal general se sienta en el banquillo de los acusados y será juzgado por un fiscal de rango inferior ejercerá de parte en el proceso contra él.
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La investigación se centra en el correo filtrado del abogado de González Amador de 2 de febrero de 2024, que contenía “información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano”, concretamente, conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso.
Vulnera el compromiso de legalidad e imparcialidad de la Fiscalía
El magistrado ha señalado que García Ortiz, por su estatus de máximo representante de la Fiscalía, tiene el deber de mantener discreción y confidencialidad sobre esta serie de informaciones y por ello, ha apuntado, “no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación”.
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Además, ha añadido Hurtado, la filtración “pone en cuestión el prestigio de la institución por su compromiso de legalidad e imparcialidad, que pueden quedar en entredicho en la medida que su actuación “se viera comprometida por indicaciones externas, y, sin duda, tener indudables efectos perjudiciales en el fundamental derecho de defensa del afectado”.
Todo ello, ha considerado, fue asumido por García Ortiz, desde el momento que, “a una información confidencial de la que tuvo conocimiento por razón de su cargo como Fiscal, le dio una publicidad que no debió alcanzar, como alcanzó, al salir del ámbito de reserva para el que fue concebida”.
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Rechaza suspensión cautelar porque “hay un vacío legal”
Respecto a la petición de la APIF de suspender de forma cautelar a García Ortiz de sus funciones, el magistrado ha señalado que existe una regulación para acordar la suspensión de cualquier miembro de la carrera fiscal por vía administrativa, que no contempla la del fiscal general del Estado.
“Hay, pues, un vacío legal sobre este particular”, ha admitido el magistrado, que indica que el Fiscal General del Estado es el competente para tomar este tipo de decisiones. Por ello, el juez ha subrayado que esta laguna legal podría resolverse si se articulan los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya, “si esta alternativa se considerase viable en esa vía y que hay alguna forma de cubrir tal vacío legal”.
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