Los trabajadores que cobren en los próximos años una indemnización por despido pueden llevarse una desagardable sorpresa con su tributación, según apunta el abogado laboralista Ignacio de la Calzada. El experto, que comparte información y consejos legales en redes sociales bajo el seudónimo Un Tío Legal, ha publicado en su cuenta de TikTok (@laboral_tips) una advertencia sobre la posibilidad de que el Gobierno español decida eliminar la exención fiscal de la que se han estado beneficiando hasta ahora aquellos ciudadanos que se han visto en esta situación.
Actualmente, la indemnización por despido improcedente, ya sea acordada en conciliación administrativa (en el SMAC) o determinada por sentencia judicial, permanece exenta de tributación en el IRPF hasta el máximo legal establecido. “Pongamos que te tocan cinco mil euros por despido improcedente. Si te dan los cinco mil, no tributa ni un duro”, describe el abogado. Sin embargo, aclara que cualquier cantidad que sobrepase el máximo estipulado, o que exceda los 180.000 euros, sí está gravada: “El resto tributa, aunque no llegue a los treinta y tres días por año, tributa”.
El letrado apunta que el marco normativo actual establece que para indemnizaciones por despido producidas hasta el 12 de febrero de 2012, se aplica un cálculo de 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades. Para despidos producidos con posterioridad, el cálculo es de 33 días por año. Los despidos objetivos aplican 20 días por año trabajado como referencia para la cuantía. De la Calzada recalca que la exención impositiva se mantiene siempre que el acuerdo de un despido improcedente pase por conciliación administrativa: “Si te han despedido y te han reconocido la improcedencia, vete a la conciliación, acuérdalo allí, que entonces estará libre de impuestos”.
El cambio no es definitivo
El letrado también señala que Hacienda ha mostrado previamente interés en “meter mano” a este esquema: “Hacienda siempre ha ido detrás de las indemnizaciones por despido. Hay muchísimas cuantías que la gente, pues, no tiene que pagar y está bien, y ahí hay dinero que se pierde”. Aunque aún no existe ninguna modificación aprobada, se percibe inquietud en el ámbito laboral debido a la posibilidad de que estas medidas entren en vigor y alteren sustancialmente la situación de los trabajadores despedidos. De la Calzada concluye alertando sobre la posibilidad de que se reduzca o elimine el importe mínimo para la tributación: “De momento, no hay nada aprobado, pero es verdad que se está escuchando esto y vamos a estar al tanto porque podría cambiar muchísimo las cosas. Que no os engañen”.

Este posible cambio en la fiscalidad de las indemnizaciones podría implicar que una parte sustancial de los fondos percibidos por los despedidos pasaran a estar sujetos a tributación, una novedad respecto a las prácticas vigentes que podría impactar en la economía doméstica de las personas afectadas.
Acuerdo presupuestario con Europa
El abogado señala la elimación de la exención como una posible consecuencia de la intención de Hacienda de recortar aproximadamente 1.600 millones de euros en beneficios fiscales por “un compromiso con Bruselas, en el cual tiene que reducir beneficios fiscales para poder recaudar más dinero”. De la Calzada se refiere con esta afirmación al pacto alcanzado por el Ejecutivo español con la Comisión Europea para reducir estos beneficios en el volumen equivalente al 0,1% del PIB antes del final de 2025 para cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria y así garantizar el acceso a los fondos vinculados al Plan de Recuperación.
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