
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE), también llamado despido colectivo, es un procedimiento que las empresas utilizan cuando necesitan despedir a un grupo de trabajadores o suspender sus contratos por un tiempo. Busca proteger tanto los intereses de la empresa como los derechos de los trabajadores afectados.
El ERE debe ser comunicado por las autoridades laborales, y los empleados tienen derecho a recibir información, participar en el proceso y cobrar las indemnizaciones correspondientes si se produce el despido. La empresa y los representantes negocian un acuerdo que debe aceptar la mayoría. En ocasiones, se recurre a la mediación o al arbitraje.
Un despido colectivo se considera ERE si afecta al menos a diez empleados en empresas con menos de 100 trabajadores, al 10% de la plantilla en aquellas que tienen entre 100 y 300, o a 30 empleados en empresas con más de 300 trabajadores en total, según establece la normativa laboral.
Derechos de los trabajadores
El ERE contempla varias ventajas para los trabajadores respecto a un despido individual. El trabajador tiene derecho a recibir una indemnización y a acceder a la prestación por desempleo. La ley establece un mínimo de 20 días de indemnización por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
Los representantes de los trabajadores pueden negociar condiciones más favorables, como una indemnización mayor u otros beneficios adicionales. Si la empresa sigue funcionando y en el futuro necesita contratar de nuevo, deberá ofrecer primero los puestos a quienes fueron afectados por el ERE.
Cada proceso es diferente, por lo que la negociación colectiva es fundamental. Ante esta situación, siempre es recomendable buscar asesoramiento sindical especializado. La figura del árbitro o intermediario también puede ser muy positiva, pues permite reducir tensiones y facilita encontrar un acuerdo.
El periodo de consultas
El despido mediante ERE sigue un procedimiento regulado por la ley que requiere la aprobación de la Administración y la negociación con los representantes de los trabajadores. Antes de ejecutar los despidos, debe abrirse un periodo de consultas, de hasta 30 días naturales (o quince si la empresa tiene menos de 50 empleados).
En esta etapa se busca, si es posible, evitar o limitar el alcance de los despidos y reducir sus efectos no deseados, incluyendo la aplicación de medidas sociales como programas de formación profesional. En compañías con más de 50 empleados, es obligatorio ofrecer un plan de recolocación externa gestionado por empresas autorizadas.
La negociación se realiza mediante una única comisión negociadora, compuesta por un máximo de 13 representantes por cada parte. El empleador debe informar por escrito a empleados y sindicatos de la intención de iniciar un ERE. En un máximo de siete días (ampliable a 15), debe formarse la comisión representativa, momento en el que inicia el periodo de consultas.
Al concluir el periodo de consultas, la empresa debe informar a la autoridad laboral sobre el resultado y, en caso de acuerdo, pues siempre deben aprobarlo ambas partes, remitir una copia. Si no procede a la comunicación en los 15 días posteriores, el ERE pierde validez.
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