
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por la empresa RDM Paprinsa SAU contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida, con fecha 12 de febrero de 2024. Como consecuencia de este fallo, se revoca la resolución del juzgado de instancia, que había declarado improcedente el despido del trabajador, y se declara procedente dicho despido.
El hombre prestó sus servicios para la empresa RDM Paprinsa SAU desde el 22 de febrero de 2010. Su puesto de trabajo estaba en el Grupo C, con jornada completa y una retribución diaria de 75,99 euros, incluyendo las pagas extraordinarias. La relación laboral se regía por el convenio colectivo estatal de pastas, papel y cartón.
El 7 de junio de 2023, durante su jornada laboral, el trabajador sufrió una caída en su puesto de trabajo, justo delante de una carretilla conducida por un compañero, el cual, al percatarse de la caída, tuvo que frenar bruscamente para evitar atropellarlo. Al levantarse, el compañero que había auxiliado al afectado notó que emanaba un fuerte olor a alcohol y marihuana. Este incidente fue comunicado por el compañero a su encargado, quien, a su vez, informó de la situación a la responsable de recursos humanos.
Una cerveza en la nevera
Posteriormente, otro trabajador mencionó que el empleado tenía una cerveza en la nevera de la empresa, lo que levantó aún más sospechas sobre su conducta durante la jornada laboral. A raíz de estos hechos, se celebró una reunión el mismo día, 7 de junio de 2023, en la que participaron el trabajador, el encargado, el jefe de producción y la responsable de recursos humanos.
Durante esta reunión, el interrogado admitió que solía fumar marihuana en las instalaciones de la empresa, en zonas no permitidas, como el “cuarto oscuro” de la desbobinadora y la sala del compresor de Ondupacart. Además, reconoció que la cerveza que se encontraba en la nevera era suya y que solía consumirla una hora antes de salir del trabajo. Aunque fue advertido sobre los riesgos de su comportamiento y se le pidió que rectificara, el afectado manifestó que le sería difícil dejar esas conductas, aunque intentaría cambiarlas.
Actitud imprudente, negligente y desobediente
El 15 de junio de 2023, la empresa RDM Paprinsa SAU decidió despedir al empleado de manera disciplinaria. El despido se fundamentó en la actitud imprudente, negligente y desobediente del trabajador, quien había incumplido las normas de la empresa y las regulaciones de prevención de riesgos laborales, lo que había generado un peligro tanto para las instalaciones como para la integridad física de sus compañeros. El despido fue justificado por el hecho de que consumía alcohol y marihuana durante su jornada laboral, en zonas de riesgo, lo que ponía en peligro la seguridad del entorno laboral.
El trabajador no estuvo de acuerdo con la decisión de la empresa y presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida, solicitando que se declarara el despido como improcedente. El Juzgado, en su sentencia de 12 de febrero de 2024, falló a favor del demandante, declarando que el despido era improcedente y ordenando la readmisión del trabajador o, en su defecto, una indemnización.
La empresa, no conforme con esta sentencia, presentó un recurso de suplicación ante el TSJ de Cataluña, solicitando que se revocara la decisión del juzgado de instancia. Los magistrados han acabado revocando el fallo inicial, considerando el despido como procedente.
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