Qué extranjeros pueden cobrar la jubilación en España

La Seguridad Social tiene convenios bilaterales y reglamentos comunitarios en materia de jubilación suscritos con otros países. Por lo que acceder a la jubilación, no debería ser complicado.

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Matrimonio extranjero en un pueblo
Matrimonio extranjero en un pueblo costero gallego (Adobe Stock)

Ya hay 8,8 millones de extranjeros residentes en España, según datos de Statista de enero de 2024. Estas personas también tienen derecho a solicitar la pensión de jubilación, y pueden hacerlo en el Gobierno correspondiente de su país o a la Seguridad Social española. Aunque en este último caso, tienen que cumplir una serie de requisitos.

El principal de ellos, es tener 66 años y ocho meses, o 65 si se han trabajado 38 años y tres meses. Además, se deben haber cotizado, al menos, 15 años a la Seguridad Social, de los cuales, dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

Como explica el bufete de abogados especializado en extranjería y nacionalidad española, Asidi, la Seguridad Social tiene convenios bilaterales y reglamentos comunitarios en materia de jubilación suscritos con otros países. Por lo que acceder a la jubilación, no debería ser complicado.

De esta manera, cuando una persona posee la nacionalidad de un país con convenio o ha trabajado tanto en España como en otro país de la UE, el tiempo de cotización acumulado en ambos países se considera para determinar el total de cotización. Por ejemplo, si se han cotizado 8 años en España y 12 años en Ecuador, el total asciende a 20 años, superando el mínimo de 15 años requerido para acceder a la jubilación en España.

Para ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solicitará información sobre los periodos de cotización en el país de origen y, una vez verificados los datos, calculará la pensión que le corresponde por ese tiempo cotizado, según la normativa española. Tras este cálculo, y en función de las bases de cotización, se determinará la cantidad que corresponde percibir como pensión.

Si esta cantidad es inferior a la pensión mínima española y no se cuentan con otros ingresos que superen el umbral establecido para cada año, además de acreditar residencia en España, se aplicará un complemento a mínimos y un complemento por residencia.

La pensión de los jubilados subirá 600 euros anuales de media en 2025, tras experimentar un incremento del 2,8%.

Jubilarse teniendo dos pensiones, una de cada país

Además, existe una segunda forma de jubilarse en España siendo extranjero y es accediendo a dos pensiones, una de cada nación. Es decir, cuando una persona ha trabajado en diferentes países y ha cotizado el tiempo suficiente en cada uno para acceder a una pensión, puede recibir una prestación por parte de ambos. La Seguridad Social reconoce los años trabajados en el extranjero de manera independiente, permitiendo que un trabajador acceda a dos pensiones si cumple con los requisitos mínimos en cada país.

Por ejemplo, si alguien ha cotizado 15 años en España, cumple con el requisito mínimo para obtener una pensión en este país. Si, además, ha trabajado en Alemania el tiempo suficiente para generar derecho a una pensión allí, podrá solicitar ambas prestaciones. Además, no es necesario residir en Alemania para recibir la pensión correspondiente, ya que es posible cobrar una pensión extranjera mientras se vive en España.

Los países con acuerdo bilateral con España en materia de jubilación

Además de los países de la Unión Europea, hay una serie de naciones con las que España tiene acuerdos bilaterales para facilitar el acceso a la jubilación. Estos son:

  • Andorra
  • Argentina
  • Australia
  • Brasil
  • Cabo Verde
  • Canadá
  • Chile
  • Colombia
  • Corea
  • Ecuador
  • Estados Unidos
  • Filipinas
  • Japón
  • Marruecos
  • México
  • Paraguay
  • Perú
  • República Dominicana
  • Rusia
  • Túnez
  • Ucrania
  • Uruguay
  • Venezuela

Por el contrario, si se trata de un país no europeo con el que España no tiene un acuerdo en materia de Seguridad Social, al no haber convenio, no valen los años cotizados en el extranjero en ese caso.