‘Txapote’ podría no ver reducida su pena con la nueva reforma legal: la Audiencia Nacional ya descontó en 2014 los años que cumplió en Francia

Gracias a un auto dictado por este tribunal, se estableció que permanecerá en prisión hasta 2031

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02/11/2011 El Ex Jefe Militar De ETA Francisco Javier García Gaztelu, "Txapote", 
POLITICA ESPAÑA JUSTICIA EUROPA
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02/11/2011 El Ex Jefe Militar De ETA Francisco Javier García Gaztelu, "Txapote", POLITICA ESPAÑA JUSTICIA EUROPA POOL

Esta semana, la política nacional ha girado principalmente en torno a la reforma de la ley orgánica 7/2014, que gracias a la aprobación por parte de todos los partidos ―incluidos Vox y PP―, permitirá convalidar las sentencias anteriores al 15 de agosto de 2010 cuyas penas hayan sido cumplidas en otros países de la UE. Entre los beneficiados en la medida pactada entre PSOE y Bildu entrarían los presos de ETA, que ahora podrían descontarse los años de cárcel cumplidos en Francia.

Por esta razón, se ha criticado que dirigentes históricos de la banda terrorista condenados por delitos de sangre como José Javier Arizkuren Ruiz, alias ‘Kantauri’; la exjefa etarra ‘Anboto’, y otros 44 presos etarras podrán ver recortadas considerablemente sus penas. De entre todos los nombres, uno de los que más ha destacado es el Xabier García Gaztelu, conocido como ‘Txapote’.

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Sin embargo, a Txapote ya se le sumaron las penas de Francia y España en el año 2014 gracias a un auto dictado por la Audiencia Nacional, en el que se estableció que permanecerá en prisión hasta 2031. Según fuentes consultadas por EFE, previsiblemente, esto significaría que no se le aplicaría esta nueva ley, precisamente porque no cumplió toda su pena en Francia, sino que la terminó de cumplir en España.

El auto de la Audiencia Nacional

‘Txapote’ fue detenido en Francia en 2001 y condenado en 2002 a 10 años de prisión. Fue entregado a España definitivamente en diciembre de 2007 para que terminase de cumplir su condena y se enfrentase a los juicios pendientes en nuestro país.

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El etarra acumula cientos de años en condenas por los asesinatos de Miguel Ángel Blanco, Gregorio Ordóñez o Fernando Múgica, entre otros, pero la ley española fija que la pena máxima que puede cumplir un recluso es de 30 años. Durante todo este tiempo ha solicitado en varias ocasiones la acumulación de penas impuestas contra él, también la de Francia.

El 5 de diciembre de 2014 le fue concedido esta acumulación mediante un auto dictado por la Audiencia Nacional, según lo ha adelantado elDiario.es y lo ha podido confirmar este periódico.

En este auto, al que ha tenido acceso Infobae España, se indica que el ‘Txapote’ fue condenado a una pena de siete años por una sentencia del Tribunal de Grande Instance de París por hechos cometidos en fecha noviembre de 1990. Estuvo privado de libertad en cumplimiento de esa sentencia entre el 21/11/1990 y el 11/03/1996, para más tarde volver a ser condenado en la presente causa por hechos ocurridos en mayo de 1987.

El fallo explica que, “el art. 988 de la Ley de enjuiciamiento criminal permite la acumulación de condenas como instrumento para hacer efectivo el límite de cumplimiento máximo que establece el Código penal (art. 70 del Código de 1973, art. 76 del Código de 1995). El requisito que ha establecido la jurisprudencia es la conexión cronológica, es decir, que las fechas de ejecución de los hechos y de las sentencias hubieran permitido juzgar los delitos en el mismo proceso; únicamente se excluyen las condenas por hechos posteriores a la data de la firmeza de la primera sentencia, porque la acumulación pudiera tener un efecto criminógeno”.

El fiscal de la causa se opuso a la acumulación, argumentando que este artículo no permitía tal procedimiento para sentencias de jurisdicciones extranjeras. Sin embargo, el tribunal respaldó su decisión apoyándose en precedentes judiciales y en la interpretación del Tribunal Supremo sobre bases legales que incluyen la Decisión Marco 2008/675/JAI del Consejo de la Unión Europea. Esta normativa obliga a los Estados miembros a considerar las condenas impuestas en otros Estados de la UE como si fueran nacionales.

La pena francesa la cumplió en España y por eso el tribunal no aplicó la disposición adicional de 2014 que evitaba descontar las penas cumplidas en otros países de la UE. “Se está en definitiva ante resoluciones dictadas por tribunales españoles, o que si bien, en el caso de no haber sido dictada por aquellos, resultan de aplicación las normas sustantivas y procesales al uso, en virtud del citado Convenio de Estrasburgo”, argumentan los jueces.

Los partidos políticos reaccionan a la reforma legal que podría beneficiar a 44 etarras.

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