Hace unos días, el Consejo de Ministros aprobó la reforma de subsidio de desempleo, lo que ha traído consigo una serie de novedades. Una de las principales es que el Gobierno de Pedro Sánchez ejecutará un aumento de la cuantía de esta prestación social que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Pero esto no es todo, ya que también se extienden los colectivos beneficiados y se elimina el supuesto de despido automático, en el caso de la invalidez permanente. De ahí que los receptores del subsidio para mayores de 52 años deban prestar especial atención a los cambios y, sobre todo, a los casos en los que se puede reducir el periodo cotizado al cobrar esta ayuda.
La nueva propuesta que ha encabezado el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, supone un incremento del porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este es la referencia que se usa para calcular el subsidio por desempleo, por lo que la cuantía subirá al 95% del IPREM durante los seis primeros meses: unos 90 euros más, cerca de 570 euros al mes. Los seis meses posteriores, bajará al 90% y el resto del tiempo, que puede ser de un máximo de 30 meses, se reducirá hasta el 80%, tal y como es en la actualidad.
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Con respecto al subsidio para mayores de 52 años, no varía la cotización por jubilación de sus beneficiarios, dado que esta se mantiene en el 125% de la base mínima que esté vigente en cada momento. Pero lo cierto es que el real decreto al que el Ejecutivo ha dado el visto bueno establece que, en ciertos casos, es posible que disminuya el tiempo cotizado.
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Por qué se reduce la cotización al recibir el subsidio para mayores de 52 años

El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, establece que el SEPE cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años.
La normativa indica que la base de cotización será el 125% de la base mínima del Régimen General de la Seguridad Social vigente. Sin embargo, existe una excepción importante: “En caso de percibir el complemento de apoyo al empleo, la base por la que deberá cotizarse se reducirá en proporción a la jornada trabajada”. Esto implica que no se puede compatibilizar un trabajo, ya sea a tiempo completo o parcial, con este subsidio sin que haya una rebaja en la base de cotización, lo que afecta a posibles futuras pensiones.
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Esto subraya que lo más beneficioso para los trabajadores que cumplen con los requisitos para solicitar este subsidio es recibir primero la ayuda completa y, posteriormente, buscar empleo. Así se evita la reducción en las cotizaciones y un potencial impacto negativo en la jubilación futura.
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Las razones por las que el SEPE puede quitarte la prestación

El SEPE gestiona el subsidio para personas mayores de 52 años con ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En la actualidad, este umbral se sitúa en 850,5 euros mensuales. Aquellos que superen esta cifra no podrán acceder a la ayuda.
Para mantener el subsidio para mayores de 52 años, es obligatorio presentar la declaración de la Renta. Si no se realiza, se perderá la ayuda. Además, también es indispensable renovar la demanda de empleo, ya que esta prestación se otorga únicamente a personas en situación de desempleo.
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Es crucial que los beneficiarios participen activamente en la búsqueda de trabajo, cumpliendo con el llamado compromiso de actividad. Esto incluye participar en programas de formación recomendados por el SEPE, responder a las ofertas de empleo y aceptar oportunidades laborales adecuadas. Rechazar una oferta puede implicar la pérdida de la ayuda, aunque esto no siempre es automático.
La ayuda también se revocará si el beneficiario cambia su residencia fuera de España sin informar al SEPE. Por tanto, si planea viajar, debe notificarlo a la entidad para evitar la pérdida de la prestación.
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