
La renta activa de inserción (RAI) es una especie de ayuda que ha puesto en marcha el Servicio Público de Empleo (SEPE) para potenciar las oportunidades de retorno al mercado laboral entre las personas desempleadas de larga duración. La prestación, dotada con 480 euros al mes, tiene una duración máxima de 11 meses. Entre los beneficiarios de este subsidio, que se dirige a los ciudadanos con necesidades económicas especiales y dificultad para encontrar trabajo, también se encuentran las víctimas de violencia de género o las personas migrantes de más de 45 años.
Para poder solicitar esta prestación, los trabajadores deben cumplir con una serie de requisitos, tanto generales como específicos para ciertos colectivos. El demandante tendrá que acreditar ante el SEPE la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo en las que haya sido rechazado. Además, hay que tener más de 45 años y menos de 65. También se tiene que haber agotado el tiempo máximo de percepción del subsidio por desempleo o de cualquier prestación contributiva similar.
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Las personas que reclamen la renta activa de inserción deben estar inscritas como demandantes de empleo y mantener firme dicha inscripción durante todos los meses que dure el programa. La demanda se considera interrumpida cuando el beneficiario ha trabajado 90 días o más en los 12 meses previos a la solicitud del subsidio. Tampoco se tiene en cuenta la petición si el interesado ha salido al extranjero por más de 15 días, aunque en este caso hay excepciones, como que el motivo del viaje haya sido el nacimiento de un hijo o el fallecimiento de un familiar cercano.
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Se entiende que los solicitantes tampoco pueden tener acceso a las prestaciones de desempleo ni a la renta agraria, subsidio disponible para los trabajadores del campo en comunidades como Andalucía y Extremadura. Asimismo, se pide que las personas no hayan rechazado ninguna oferta de empleo adecuada ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
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Los trabajadores deben acreditar al menos tres actuaciones de búsqueda activa de empleo. Para ello, será suficiente con presentar el certificado expedido por una agencia de colocación en el que figuren los datos de la persona solicitante y la realización de alguna de las siguientes acciones. Se consideran acciones de búsqueda activa de empleo la presentación de curriculos en, al menos, tres empresas distintas; la realización de, al menos, una entrevista de trabajo; la inscripción en dos o más portales de empleo y la inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
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