Estos son los vehículos que pueden ir a 150 km/h por autopistas y autovías

Los límites de velocidad establecidos por la DGT son claros y de obligado cumplimiento salvo contadas y justificas excepciones

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Coches circulan en Madrid. (Eduardo Parra / Europa Press)
Coches circulan en Madrid. (Eduardo Parra / Europa Press)

Los límites de velocidad establecidos por la Dirección General de Tráfico tienen como objetivo prevenir accidentes y garantizar la seguridad en las carreteras, otorgando a los conductores un mayor control sobre sus vehículos. Aunque en la mayoría de los casos estos límites son de obligado cumplimiento, hay situaciones especiales, como las emergencias, en las cuales ciertos vehículos pueden superar dichos límites. Se reconoce que estos vehículos desempeñan actividades cruciales para la seguridad o salud pública.

Los servicios de emergencia, tales como la Policía, la Guardia Civil o el SAMUR, se ven en la necesidad, debido a las demandas diarias de su labor, de desplazarse rápidamente en situaciones como el auxilio a una persona o la persecución de un delincuente. Lo mismo ocurre con otros servicios, como los guardaespaldas oficiales, que, al encontrarse dentro de un convoy, también tienen permitido su desplazamiento en condiciones especiales. Todos ellos tienen permitido circular a 150 km/h si la situación lo requiere y las condiciones lo permiten.

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No obstante, existe una interesante excepción que permite a los vehículos convencionales circular a una velocidad de hasta 150 kilómetros por hora, y la clave para ello radica en la presencia de una señal específica.

Una señal determina quiénes pueden circular a esa velocidad

La señal de advertencia V12 está diseñada específicamente para vehículos que llevan a cabo pruebas especiales o ensayos de investigación. De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento General de Vehículos, los vehículos que participen en dichos ensayos o pruebas deben llevar instalada la señal F.V.

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Para obtener la aprobación del distintivo F.V. en un vehículo de pruebas, es necesario que la Dirección General de Tráfico (DGT) lo autorice. Para obtener este reconocimiento, se debe presentar la documentación correspondiente y registrar la solicitud. Además, el uso de estos vehículos está autorizado únicamente para personas específicas, generalmente especialistas dedicados a la realización de ensayos.

F.V. Señal de tráfico
F.V. Señal de tráfico

Conforme al reglamento establecido por la Dirección General de Tráfico, durante la realización de estos ensayos, los conductores tienen permitido superar el límite de velocidad en hasta 30 km por hora. Por lo tanto, en vías con límites de velocidad de 120 km/h, estos conductores podrían alcanzar los 150 km/h según la indicación de sus velocímetros.

La DGT ha perdido dos de sus helicópteros, lo que representa un 15% del total de su flota, en dos graves negligencias

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A pesar de reconocer la relevancia de llevar a cabo estos ensayos, la Dirección General de Tráfico establece en su normativa que “tales pruebas no deben realizarse en vías urbanas, travesías ni en tramos con señalización específica que limite la velocidad”. Además, se destaca que, con el propósito de resguardar a los demás conductores, la Dirección General de Tráfico podría indicar la presencia del circuito de pruebas que esté en curso.

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