
El Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Almería ha exonerado de pagar una deuda de 87.000 euros a un vecino de la localidad que había pedido varios créditos para la adquisición de una vivienda y un coche familiar. El tribunal ha aplicado la Ley de Segunda Oportunidad para dictar sentencia, una norma que lleva en vigor algo menos de una década. Este proceso legal permite a las personas físicas cancelar total o parcialmente los pagos pendientes y salir a flote tras una situación de imposibilidad para afrontar sus compromisos financieros.
El precepto está regulado en la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. La naturaleza del texto no es otra que permitir que cualquier individuo “a pesar de un fracaso económico, empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”. En los últimos ocho años, más de 20.000 particulares y autónomos han solicitado acogerse a esta norma para cancelar sus adeudos.
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Los abogados de Repara tu Deuda, que han llevado este caso, explican que el estado de insolvencia del deudor se originó cuando “adquirió una vivienda hipotecada”. Por aquel entonces, el varón tuvo que “solicitar un préstamo personal” y varios créditos para amueblar la casa y comprar un vehículo para satisfacer sus necesidades familiares y laborales. “El deudor intentó sumar ingresos, mientras se veía en la obligación de hacer varias refinanciaciones parciales que nunca alcanzaban al global de las deudas”, detallan desde el despacho en una nota de prensa.

El divorcio disparó los gastos y empeoró la situación
“La situación empeoró después, ya que, al divorciarse de la que era su mujer, asumió nuevos gastos, como la pensión de alimentos y el pago de todas las deudas existentes en el matrimonio”, apuntan los abogados, que señalan que su expareja tampoco tenía ingresos. El deudor intentó mejorar su situación económica realizando “trabajos esporádicos en la enseñanza y la promoción profesional”, aunque los esfuerzos no han servido de mucho. El hombre también intentó cerrar un acuerdo con el banco para refinanciar el importe total de las deudas, pero la entidad no accedió.
Por último, el deudor se vio en la obligación de vender la vivienda y cancelar la hipoteca, pero todavía le quedaban varios préstamos por liquidar. La compañía bancaria inició entonces una serie de procesos judiciales que acabaron por retener el sueldo del individuo. “Es digno de reseñar que muchos de nuestros clientes deciden animar en primera persona a otros usuarios endeudados para poner en marcha los trámites”, explican desde Repara tu Deuda. El Juzgado de Almería ha considerado finalmente que el acusado era “insolvente” y le ha perdonado los 87.000 euros que debía. La legislación actual permite que particulares y autónomos puedan eludir sus pagos pendientes si son “deudores de buena fe y no superan la cifra de cinco millones de euros de importe debido”, según aclaran desde el despacho.
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