
Los familiares de una persona fallecida, cuando reciben una herencia, tienen que hacer frente a una serie de trámites y pagos. Las gestiones pueden llegar a extenderse durante meses y en algunos casos el procedimiento se acaba convirtiendo en una auténtica vorágine. No obstante, cada herencia es un mundo. Muchos ciudadanos se preguntan qué ocurre cuando un heredero fallece sin haber aceptado ni repudiado los bienes y derechos correspondientes. En estos casos, entra en juego el llamado derecho de transmisión, que se aplica de forma bastante habitual.
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Este concepto, recogido en el artículo 1006 del Código Civil, se define como “el derecho de representación que tienen los parientes de una persona para sucederle en todos los derechos que tendría si viviera o hubiera podido heredar”. El funcionamiento del derecho de transmisión se puede explicar mejor con el siguiente ejemplo. Pedro, un pensionista que tuvo tres hijos, fallece tras varios meses con problemas de salud. De los tres hijos, uno muere en un accidente de tráfico en el intervalo de tiempo comprendido entre la delación hereditaria y la aceptación de la herencia. Los nietos, en este caso, tienen derecho a aceptar o rechazar la parte proporcional que le hubiera correspondido a su padre.

Cuando el titular del derecho a heredar muere sin haber ejercitado sus privilegios, estos se transmiten a sus propios herederos. Es decir, serán los hijos del heredero fallecido quienes decidan si aceptar o rechazar los bienes y obligaciones que, por norma, tendría que haber recibido su padre. Esta transmisión, denominada “ius transmissionis”, se rige por una serie de requisitos.
Los requisitos del derecho de transmisión
Para que se pueda aplicar el derecho de transmisión, los familiares implicados deben cumplir una serie de requisitos. El primero, la existencia de una herencia que no haya sido ni aceptada ni repudiada por la persona llamada a ser heredera. Si antes de fallecer, el heredero había aceptado su parte del botín, no caben las condiciones del derecho de transmisión. Además, el heredero tiene que haber fallecido durante la situación de la herencia diferida. Si primero fallece el heredero y luego el testador, lo que se aplica es el derecho de representación.
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El derecho de representación es aquel que tienen los hijos de una persona fallecida al heredar los derechos, bienes y obligaciones que le hubiesen correspondido. En estos casos, el heredero muere antes que la persona causante de la herencia. Los descendientes ocupan, por lo tanto, su lugar. Esta es la principal diferencia entre el derecho de transmisión y el de representación, la fecha en la que fallecen el testador y el heredero.
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