
Sara Majarenas Ibarreta, que perteneció al comando de ETA que en el año 2005 intentó asesinar a la alcaldesa de Valencia, Rita Barbera, y que actualmente forma parte de las candidaturas de EH Bildu para las elecciones municipales del próximo 28 de mayo, no tiene la condena cumplida y, por tanto, la lista de la que forma parte (en el municipio guipuzcoano de Astigarraga) debe ser anulada. Así lo denuncia la Asociación Dignidad y Justicia, que este jueves ha presentado un escrito ante la Junta Electoral solicitando que se prohíba dicha candidatura.
Las asociaciones de víctimas denunciaron hace unos días que 44 personas que integran las candidaturas autonómicas y municipales de EH Bildu en el País Vasco y en Navarra estuvieron condenados en el pasado por pertenencia y colaboración con ETA. Entre ellas está Sara Majarenas, que fue condenada en septiembre de 2007 por la Audiencia Nacional (sentencia confirmada por el Supremo) por un delito de integración en organización terrorista a ocho años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años. También le cayeron cinco años y dos meses más de cárcel por falsedad en documento oficial con finalidad terrorista y tenencia ilícita de armas.
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La sentencia, además, condenaba a Majarenas “a la pena de inhabilitación absoluta por tiempo superior en diez años al de la duración de las penas que respectivamente se le impone. La exterrorista ingresó en prisión el 17 de febrero de 2005 y obtuvo la libertad el 9 de abril de 2018, tras cumplir 13 años y 2 meses. Pero según señala Dignidad y Justicia en su denuncia, “la pena principal de inhabilitación absoluta se impuso por tiempo superior en 10 años a las de prisión impuestas, y, habiendo salido de prisión el 9 de abril de 2018, Sara Majarenas no tiene extinguida dicha pena principal de inhabilitación absoluta”.

La asociación de víctimas, que preside Daniel Portero, recalca que “el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general, dispone que “son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal”.
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Para Dignidad y Justicia es obvio que, “en atención a la sentencia 57/07, de 28 de septiembre, la candidata, por la entidad política EH Bildu al municipio de Astigarraga, Sara Majarenas, habiendo extinguido definitivamente su pena de prisión por pertenencia a organización terrorista, falsedad documental y tenencia ilícita de armas con fines terroristas el 9 de abril de 2018, y, teniendo impuesta una pena principal de inhabilitación absoluta por tiempo superior en diez años a la las penas de prisión impuestas, no tiene extinguida su pena de inhabilitación absoluta, la cual se extendería hasta el año 2028″.
Anulación de la lista
Daniel Portero ha solicitado ya a la Junta Electoral de la Zona de Donostia que requiera al Servicio Común de Ejecutorias de la Audiencia Nacional la documentación que acredite que Sara Majarenas “ no tiene extinguida la inhabilitación absoluta impuesta por Sentencia 57/07, de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y, una vez acreditada la causa de inelegibilidad prevista en el artículo 6.2 de la LOREG proceda a anular dicha candidatura”. Majarenas va en el número 10 de la lista presentada por EH Bildu a la Alcaldía del municipio guipuzcoano de Astigarraga.
Tras la denuncia de la asociación, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha constatado que no ha cumplido íntegramente su inhabilitación. Por eso, según ha podido saber Infobae España, la Guardia Civil se ha ya presentado en su domicilio y la ha comunicado que no puede presentarse a las elecciones.
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