
El Gobierno oficializó una reforma orientada a simplificar y modernizar la emisión de instrumentos financieros, abarcando Obligaciones Negociables, acciones, fideicomisos, Fondos Comunes de Inversión y otros vehículos del mercado de capitales, con beneficios principalmente para las pymes. La iniciativa, impulsada por la Comisión Nacional de Valores (CNV), apunta a reducir los tiempos y eliminar trámites, con la intención de facilitar el acceso y promover el crecimiento del sector.
Luego de ser sometidas a Consulta Pública, las Resoluciones Generales N° 1145, N° 1146, N° 1147, N° 1148, N° 1149 y N° 1150 conforman este proceso llamado por el Gobierno “Big Bang desregulador”.
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Sucede que hasta ahora el trámite para obtener la autorización para la colocación de cualquiera de dichos instrumentos podía demorarse varios meses. A criterio del Ejecutivo, había regulaciones en exceso que hacían perder oportunidades de salida al mercado local, con lo cual muchos inversores preferían recurrir a los externos.

Una de las principales novedades es la creación del Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado. Este nuevo régimen permite a las emisoras acceder a montos superiores sin revisión previa, aunque obliga a mantener elevados estándares de información y transparencia, similares a los exigidos en el régimen general.
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Para las pequeñas y medianas empresas (pymes), la CNV dispuso la eliminación de la obligación de contar con comisión fiscalizadora y la aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en la preparación de sus estados contables bajo este régimen.
“El financiamiento bancario tiene costos y condiciones que muchas empresas no pueden afrontar. El mercado de capitales ofrece alternativas, pero el proceso de autorización previa tenía tiempos y costos que lo hacían inaccesible en la práctica para empresas medianas y pequeñas”, resaltaron desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
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“Con este cambio, una PyME puede emitir una obligación negociable o estructurar un fideicomiso financiero con la misma agilidad que hoy opera un emisor frecuente de primer nivel. La decisión de cuándo y cómo salir al mercado pasa a estar en manos del CFO de la empresa, no de un expediente administrativo”, explicaron.
Aparte, se habilita la participación de entidades financieras, siempre que la colocación y negociación de los valores se realice exclusivamente entre inversores calificados. Se aclara también que es posible realizar emisiones 100% digitales.
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En el segmento de Fondos Comunes de Inversión (FCI), se establece la autorización automática para la constitución y modificación de todos los FCI Abiertos.
Para los FCI Cerrados —incluidos los inmobiliarios—, se crea un régimen de autorización automática dirigido a vehículos para inversores calificados o cuyo monto de emisión no supere un límite específico.
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Más en detalle, el nuevo régimen cubre cuatro instrumentos principales: obligaciones negociables (ON), acciones, fideicomisos financieros (FF) y fondos comunes de inversión cerrados (FCIC). Para estos cuatro instrumentos, la autorización automática rige sin límite de monto cuando la emisión se dirige exclusivamente a inversores calificados. Para el público general, el techo es de 100 millones de UVAs, equivalente hoy a unos 140 millones de dólares.
Los fondos comunes de inversión abiertos quedan completamente liberados, lo que implica que la autorización será automática sin importar monto ni tipo de inversor.

Respecto a los fideicomisos financieros, se mejoran los regímenes de oferta pública automática y se extiende el nuevo régimen de autorización automática, facilitando mecanismos de financiamiento más ágiles.
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La reforma reemplaza los trámites de autorización previa para prórrogas, aumentos de monto y modificaciones de términos y condiciones de programas globales y obligaciones negociables autónomas por un sistema de autorización automática mediante presentación en la plataforma TAD y difusión en la Autopista de la Información Financiera (AIF).
Este esquema también se aplica a los Programas Globales PyME CNV, eliminando la necesidad de autorización previa para la emisión de nuevas clases o series y admitiendo prórrogas automáticas.
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Además, no será necesario tramitar incrementos de monto cuando las nuevas emisiones no superen el máximo autorizado del programa global.
Se incorpora la obligación de advertir expresamente en los factores de riesgo cuando los colocadores no cuenten con asesores legales independientes, recomendando a los inversores recurrir a asesoramiento propio.
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Los trámites iniciados antes de la entrada en vigencia de la normativa quedarán automáticamente autorizados, sin requerir presentaciones adicionales.
En el plano de la innovación, la CNV aprobó la ampliación del Régimen de Tokenización, que ahora permite la representación digital de valores negociables emitidos bajo cualquier esquema de autorización automática, tanto de bajo como de mediano impacto.
Además, se extiende la vigencia del sandbox regulatorio hasta el 31 de diciembre de 2027, favoreciendo el desarrollo tecnológico y la protección del inversor.
También se amplía la posibilidad de tokenización a diversos instrumentos, incluyendo cuotapartes de fondos comunes cerrados y nuevos vehículos admitidos por las últimas normativas.
Fuentes oficiales subrayaron que la autorización automática no implica una reducción de las facultades de supervisión y control de la CNV, sino una modernización de los procedimientos, basada en la responsabilidad de los participantes y la transparencia de la información, con mecanismos de supervisión posterior.
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