
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares confirmó el cierre del acuerdo paritario para el personal doméstico, lo que introdujo nuevos valores en la escala salarial que rigen desde julio de 2025 para todo el país.
El incremento pactado fue de 6,5% para el período que va de febrero a septiembre, segmentado en dos componentes principales: un 3,5% sobre los mínimos de enero y tres pagos adicionales de 1% sobre los mínimos de julio, agosto y septiembre. Todas las subas se definieron como remunerativas tras la negociación paritaria.
De esa forma, la escala salarial se definió de la siguiente manera para los sueldos vigentes desde julio de 2025:
Primera categoría (supervisores/as)
- Con retiro: $3.454 por hora y $430.878 por mes
- Sin retiro: $3.783 por hora y $479.950 por mes
Segunda categoría (cocineros/as)
- Con retiro: $3.270 por hora y $400.310 por mes
- Sin retiro: $3.585 por hora y $445.613 por mes
Tercera categoría (caseros)
$3.089 por hora y $390.567 por mes (no tienen régimen de retiro)
Cuarta categoría (asistencia y cuidado de personas)
- Con retiro: $3.089 por hora y $390.567 por mes
- Sin retiro: $3.454 por hora y $435.246 por mes
Quinta categoría (personal para tareas generales)
- Con retiro: $2.863 por hora y $351.233 por mes
- Sin retiro: $3.089 por hora y $390.567 por mes
La escala resulta de aplicación a nivel nacional y es obligatoria para el régimen de casas particulares. La normativa contempla, además de los sueldos, el pago de aportes, obra social y ART, que deben abonarse mensualmente y de manera regular.
Débito automático
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares también recordó la importancia de cumplir con los pagos de aportes y cargas sociales en tiempo y forma. El pago de estos conceptos puede gestionarse mediante débito automático, lo que facilita a los empleadores la regularización de las obligaciones y disminuye el margen de error administrativo.
Para habilitar el pago de aportes mediante débito automático, es necesario en primer lugar que los empleadores deberán efectuar la adhesión a través del Registro Especial del Personal de Casas Particulares.
Para ello, deberán verificar y/o modificar los datos exhibidos respecto de la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y las Claves Bancarias Uniformes (CBU) disponibles.
Asimismo, deben informar, en el servicio “Declaración de CBU” -RG (AFIP) 2.675-, la clave bancaria de titularidad del empleador desde la que se debitarán los importes correspondientes.

Posteriormente, el trámite para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos:
1. Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.
2. Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.
3. Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”.
4. Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”.
5. Seleccionar CBU: El sistema mostrará las Claves Bancarias Uniformes (CBU) previamente cargadas. Seleccionar la deseada, la que deberá ser de titularidad del empleador.
6. Agregar Nueva CBU (Opcional): Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema lo redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.
En tanto que, para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser realizado a través de la administradora. El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen.
Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá visualizar si efectivamente se concretó el pago, como también si hubo algún tipo rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos o cierre de la cuenta.
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