
Telecom informó a la Comisión Nacional de Valores (CNV) que la Cámara Civil y Comercial Federal resolvió conceder con efecto suspensivo la apelación que hizo la compañía contra la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio que suspendió de manera preventiva la adquisición de Telefónica.
El fallo también ordenó a la Secretaría que conduce Esteban Marzorati abstenerse de cualquier medida que fuera contraria al efecto suspensivo con que se concedió el recurso difundido. Voceros de Telecom no quisieron hacer declaraciones ante las respectivas consultas de Infobae y en Comercio no respondieron de inmediato a este medio.
La resolución de Industria y Comercio ordenó a Telecom que, por el término de seis meses o hasta que la Autoridad de Aplicación de la Ley 27.442 se expidiera —lo que ocurriera primero—, “se abstuviera de realizar cualquier tipo de acto jurídico, societario y/o comercial que implicara directa o indirectamente la integración o consolidación con Telefónica”. La adquisición se comunicó a finales de febrero.

“Al respecto informamos que en el día de hoy la Sociedad fue notificada de la resolución de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal que resolvió: 1) conceder con efecto suspensivo la apelación de Telecom Argentina contra la Resolución y contra la Nota del 27/03/2025 del Secretario de Industria y Comercio mediante la cual encomendó a la doctora María Teresa Pintos la función de agente de monitoreo de dicha Resolución; y 2) ordenar al Secretario de Industria y Comercio que se abstenga de disponer cualquier medida que sea contraria al efecto suspensivo con que se concede el recurso”, informó Telecom a la CNV.
En su resolución original, la Secretaría había justificado la decisión de suspender preventivamente la operación por considerar que existían “elementos que podrían configurar una concentración económica que no contaba con la debida autorización conforme la Ley 27.442”, y argumentó que esa medida buscaba preservar el interés económico general y la competencia hasta que se emitiera una decisión de fondo.
La venta de Telefónica Argentina por parte de su casa matriz en España se conoció el 24 de febrero, cuando la compañía anunció que había cerrado un acuerdo para transferir la totalidad de sus operaciones en Argentina al Grupo Telecom. La operación incluyó servicios móviles, de internet y telefonía fija, y marcó un cambio significativo en el panorama de las telecomunicaciones en el país.
Según la comunicación de entonces, la compra incluyó los activos y la base de clientes de Telefónica Movistar Argentina, y representó un movimiento estratégico de Telecom para consolidar su posición en el mercado. Sin embargo, la operación generó preocupación en el ámbito regulatorio y político, por el posible impacto sobre la competencia en un sector altamente concentrado.

Tras el anuncio de la compra, el Gobierno reaccionó rápidamente. El 21 de marzo, la Secretaría de Industria y Comercio informó que se suspendía preventivamente la operación y designó a María Teresa Pintos como agente de monitoreo para verificar el cumplimiento de la medida. Esa decisión motivó la apelación por parte de Telecom, que cuestionó tanto la validez de la suspensión como la designación de la agente de monitoreo.
La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal evaluó los argumentos presentados y consideró procedente la apelación en los términos solicitados por la empresa. La medida concedió efecto suspensivo, lo que implica que Telecom no se encuentra obligada a cumplir con las restricciones impuestas mientras se sustancia el recurso.
El fallo judicial marcó un nuevo capítulo en el proceso de adquisición de Telefónica Argentina, y tendrá implicancias directas sobre la continuidad de la integración operativa entre ambas compañías. La resolución también impacta sobre la capacidad de intervención de la Secretaría de Industria y Comercio mientras la causa siga su curso.
Por el momento, la operación de compra sigue sujeta a análisis por parte de la Autoridad de Aplicación, pero la Justicia determinó que no pueden implementarse medidas restrictivas hasta tanto exista una resolución definitiva.
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