
La Ayuda Escolar Anual, una asignación única otorgada por el Gobierno, podrá cobrarse por cada hijo en edad escolar del nivel jardín, preescolar, primaria o secundaria. El beneficio está destinado a familias cuyo Ingreso del Grupo Familiar (IGF) no supere los $4.023.266, sin límites de ingresos para hijos con discapacidad. Según lo establecido, esta asignación la percibe únicamente uno de los padres al año.
El monto inicial de esta ayuda fue definido en $85.000, según fue comunicado oficialmente en el Boletín Oficial. El proceso de pago se ejecutará de forma automática en febrero para aquellas familias registradas, pero en los casos donde no se haya efectuado el depósito, los responsables deberán presentar el certificado original que acredite la condición del niño, niña o adolescente como alumno regular del establecimiento educativo correspondiente.
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Esta certificación debe ser entregada al comienzo del ciclo lectivo, con un plazo que se extiende hasta el 31 de marzo; de no cumplirse esta fecha, será indispensable realizar la gestión a través de ANSES para la acreditación de la escolaridad.
Qué se necesita para acceder
Presentar la declaración jurada de salario familiar constituye uno de los pasos esenciales para acceder al beneficio de la ayuda escolar anual, según el marco establecido. Este requisito se acompaña de la obligación de contar con un certificado de escolaridad, documento que acredita la asistencia regular de los hijos al sistema educativo formal.
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Adicionalmente, entre los criterios estipulados para este beneficio se encuentra el hecho de percibir un salario por hijo o por hijo discapacitado. Asimismo, las disposiciones vigentes exigen que se presenten los antecedentes laborales de ambos progenitores para completar la solicitud de dicho subsidio.
¿Quiénes son los beneficiados?
ANSES establece que las asignaciones destinadas a la ayuda escolar anual benefician a familias cuyos hijos asisten a instituciones educativas y cumplen ciertos requisitos. En particular, no existen límites de edad para acceder a este apoyo en casos de personas con discapacidad que participen en educación especial, talleres protegidos, centros de rehabilitación o bajo la guía de maestros particulares matriculados, según el organismo.
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Para menores de 18 años, la asignación se dirige a quienes estén matriculados en instituciones de enseñanza inicial, primaria o secundaria, ya sean públicas, privadas, municipales, provinciales o nacionales, subvencionadas o no, siempre que estén incluidas y fiscalizadas bajo el sistema oficial de educación. ANSES específica que los beneficiarios pueden comenzar a recibir esta ayuda a partir de los 45 días de vida y hasta el mes en el que cumplan los 18 años, siempre que estén escolarizados.

Asimismo, ANSES aclara que las escuelas especiales, los talleres y otros espacios educativos relacionados con la discapacidad, tanto públicos como privados, también son elegibles para garantizar este derecho. Este beneficio refuerza el acceso a medios de educación adecuados para personas con necesidades especiales, sin restricciones vinculadas a la edad.
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Cuándo se cobra
El pago se realiza según el último número del DNI del beneficiario:
- DNI terminados en 0: Miércoles 12 de marzo.
- DNI terminados en 1: Jueves 13 de marzo.
- DNI terminados en 2: Viernes 14 de marzo.
- DNI terminados en 3: Lunes 17 de marzo.
- DNI terminados en 4: Martes 18 de marzo.
- DNI terminados en 5: Miércoles 19 de marzo.
- DNI terminados en 6: Jueves 20 de marzo.
- DNI terminados en 7: Viernes 21 de marzo.
- DNI terminados en 8: Lunes 25 de marzo.
- DNI terminados en 9: Martes 26 de marzo.
Paso a paso: cómo tramitar la ayuda escolar anual
- Ingresar a Mi ANSES, clickear en “Hijos” y luego “Presentar Certificado Escolar”
- Completar los datos solicitados y elegir “Generar Certificado”.
- Seguidamente se debe imprimir el certificado y llevarlo al establecimiento educativo para que lo completen y firmen.
- Tomar una foto del formulario completo y firmado
- Regresar al sitio de ANSES, seleccionar “Subir Certificado”, y cargarla.
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