
Desde la semana que viene los usuarios de Agua y Saneamientos Argentinos S.A (AySA) pagarán un 4,48% más por las tarifas de los servicios de agua potable y cloacas. El aumento surge como consecuencia de la aplicación de la fórmula polinómica establecida en la resolución 9/24, a través de la cual se realiza una indexación mensual del costo del servicio acorde al avance de la inflación.
La fórmula determina la evolución del “coeficiente K” y éste a su vez indica cuánto deben pagar los usuarios del AMBA por los servicios prestados por AYSA. En junio, por ejemplo, el coeficiente K era de 1158,3543 y en julio alcanzó a 1231,3883, lo que marcó en ese momento una variación en la tarifa del 6,3%. Luego, el indicador avanzó a 1294,8688 en agosto y finalmente a 1352,9151 en septiembre, lo que determinó el incremento del 4,48% mencionado anteriormente.
La fórmula tiene en cuenta el índice de salarios (IS), el índice de precios internos al por mayor (IPIM) y el índice del precios al consumidor (IPC) medido por el Indec. Acorde a la evolución de estas variables, el ritmo de aumento ha venido desacelerando en los últimos meses. Sin embargo, desde que entró en vigencia el nuevo sistema de ajuste tarifario, el coeficiente K subió un 16,7%.
A cuánto subirán las boletas
Según información de AYSA, el 44% de los usuarios de agua y cloaca pertenecen al zonal bajo (1.187.139 usuarios), el 37% al medio (996.718) y el 20% al alto (534.517).
En el primer caso, la boleta promedio pasará de $16.155 en agosto a $16.878 en septiembre; para los de zonal medio la factura saltará de $20.104 a $21.005, mientras que los de zonal alto dejarán de pagar $22.137 para empezar a abonar unos $23.129 de media.
En cambio, quienes reciben únicamente el servicio de agua o sólo el de cloaca, tendrán un incremento que va de $6.158 a $6.434 en promedio.
Los descuentos siguen vigentes
La resolución 9/24, confirmó la continuidad del 15% de descuento sobre el coeficiente K para usuarios residenciales y baldío en zonales bajos (1,45; 1,30 y 1,10), aunque se aclaró que este descuento se aplica exclusivamente para la facturación de los servicios básicos incluidos en la emisión general; es decir que excluye a los servicios especiales.

Conjuntamente, la mencionada Resolución determinó que los usuarios del Programa de Tarifa Social con el beneficio vigente al momento del dictado de la Resolución, verán neutralizado los aumentos hasta la renovación o cese del beneficio. De forma análoga, aquellos usuarios que renueven el beneficio o ingresen al Programa de Tarifa Social a partir de abril de 2024, obtendrán un beneficio adicional tal que neutralice los efectos de la actualización mensual del coeficiente K.
Por último, la Resolución estableció que los usuarios de la categoría residencial con solicitud de mantenimiento de subsidio incorporada al Registro de Mantenimiento de Subsidios al momento de la entrada en vigor de la resolución, mantendrán el 15% de descuento sobre el coeficiente K hasta la fecha de cese de la inscripción en el mencionado registro.
Fomentan el uso de medidores
En mayo de 2017 la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica modificó la estructura tarifaria mediante la Disposición SSRH Nº 19/17, con el objetivo de que el cobro de los servicios esté determinado principalmente por el volumen de agua consumido y no por la superficie del inmueble.
Actualmente, todos los usuarios de la concesión enfrentan el mismo cargo fijo, siendo independiente de la categoría del usuario y de parámetros del inmueble tales como superficie, tipo constructivo y localización del inmueble. En cuanto al cargo variable, para el caso de los usuarios medidos se establece un valor diferencial del precio por metro cúbico según categoría y coeficiente zonal y un consumo libre a 5m3 por mes para los usuarios residenciales. En el caso de los usuarios no medidos, el cargo variable es fijo y se expone el consumo equivalente.
Asimismo, cabe señalar que a fin de incentivar al usuario a solicitar el medidor, se suspendió hasta el 2027 el cobro del Cargo por Instalación del Medidor para todos los usuarios. En línea con esto, se eximió el cobro del Cargo por Conexión de Agua hasta el 2027 a aquellos usuarios que soliciten la modalidad de facturación medida y que para ello readecuen sus instalaciones internas a fin de ser abastecidos de forma independiente (alcanza exclusivamente a las unidades funcionales pertenecientes a edificios subdivididos en propiedad horizontal o régimen análogo, abastecidos mediante una o más conexiones de forma indivisa, sin ser aplicable a nuevas construcciones).
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