
En junio, los trabajadores del sector público y privado, jubilados y pensionados recibirán la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Sin embargo, en el caso de aprobarse el paquete fiscal enviado por el gobierno al Congreso podría haber algunos cambios.
El SAC representa el 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres y la fecha límite para que los empleadores lo abonen es el 30 de junio, aunque algunos suelen pagarlo antes.
En el caso de las pequeñas empresas, la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del SAC siempre que no excedan de tres períodos en el año. Es decir, solamente las pequeñas empresas, y siempre que así lo establezcan los convenios colectivos, pueden dividir el aguinaldo en tres cuotas en lugar de dos.
¿Cuáles son los cambios que introduce el paquete fiscal en el aguinaldo y el Impuesto a las Ganancias?
Ahora bien, el paquete fiscal incluye el restablecimiento del Impuesto a las Ganancias y el piso a partir del cual se comenzaría a pagar el tributo es de $2.081.258,67 para el mes de mayo y siguientes. El informe que presentó la jefatura de Gabinete ante el Senado indica: “El Gobierno estima recaudar 0,31% del Producto Bruto Interno (PBI) por este tributo (...) Actualmente, tributan 195.729 contribuyentes y pasarían a tributar 1.150.000 contribuyentes”.
Entre otros cambios que implementa el proyecto, se eliminará la exención del aguinaldo del Impuesto a Ganancias, aunque este tendrá una deducción especial para que no quede sujeto al tributo.

“Se eliminan exenciones para el aguinaldo, para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas ordinarias por los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud. Se eliminan deducciones por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas, por material didáctico que se paga a docentes, entre otras”, precisó el tributarista Sebastián Domínguez.
“También se elimina el tratamiento diferencial que dispone que a las horas extras se les aplica la alícuota del impuesto a las ganancias que corresponda antes de considerar las mismas como renta. Por otro lado, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patagónica”, agregó.
A su vez, se incorpora una nueva deducción equivalente a la doceava parte de la sumatoria de las deducciones por ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial para empleados en relación de dependencia y jubilados.
¿El aguinaldo se verá afectado por el impuesto a las Ganancias si se aprueba el paquete fiscal?
Esta deducción tendría como objetivo contemplar una deducción adicional para el aguinaldo. “Más allá de la eliminación de la exención, lo que se hace es incorporar para todo el mundo una doceava parte de las deducciones personales. Entonces eso es un beneficio que antes no existía. De esta manera, se elimina la exención del aguinaldo, pero se incorpora una deducción especial de una doceava parte de las deducciones personales. En consecuencia, la eliminación no tendría un efecto práctico, porque en definitiva se aplica esa deducción para todos. Incluso es un beneficio para los que antes no tenían nada del aguinaldo exento”, explicó Domínguez.
Cómo calcular el aguinaldo
Para saber cuál es el monto del aguinaldo proporcional se debe calcular la mitad del mejor sueldo dentro del semestre, dividirlo por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
Por ejemplo, un trabajador con un sueldo de $300.000 que trabajó 5 meses, debe realizar la siguiente operación:
- $600.000 divido 2: $300.000
- $300.000 dividido 12 = $25.000
- $25.000 multiplicado por 5 = $125.000 (aguinaldo proporcional)
Este cálculo rige para cualquier período trabajado inferior a los seis meses. Quien trabajó un mes solo, también tiene derecho a cobrar el proporcional del medio aguinaldo.
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