
A partir de 2022, pagarán el impuesto a las Ganancias todos aquellos trabajadores que tengan un salario bruto superior a 225.937 pesos. Ese monto surge de la actualización del piso salarial mensual de $150.000 fijado por la ley realizada mediante el índice salarial Ripte, que alcanzó un 50,62%, según informaron fuentes oficiales.
El incremento en las remuneraciones alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales ubicados entre $225.937 y $260.580 brutos. A la vez, no se descontará ganancias por el Sueldo Anual Complementario (o medio aguinaldo) a aquellos trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937.
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Para compensar los efectos de la inflación, durante 2021 el piso a partir del cual se debe pagar Ganancias para los empleados en relación de dependencia fue elevado en dos oportunidades. La primera de ellas fue cuando se fijaron los ya mencionados $150.000 brutos en junio a través de la ley 27.617.
Con posterioridad a esa decisión, y para evitar que los salarios perdieran poder de compra, el Poder Ejecutivo elevó ese monto hasta $175.000 en septiembre a través del decreto 620, bajo la forma de un adelanto a cuenta del incremento anual.
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Según recordaron fuentes oficiales, el Decreto 620 había puntualizado que anticipaba de manera parcial la actualización correspondiente al año completo. Por tal motivo, el cálculo de enero se realiza tomando como punto de partida el valor inicial de $150.000 estipulado por el Congreso.
Con la aplicación del 50,62% que surge del índice Ripte se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó para 2022 en $252.564,84 por año. A su vez, la deducción por cónyuge se incrementará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.
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El Ripte (remuneración imponible promedio de los trabajadores estatales) es un indice mensual, publicado cada mes por el Ministerio de Trabajo, que refleja la variación de los salarios sujetos a aportes de los trabajadores formales registrados.
La posibilidad de Gobierno de hacer esta actualización sobre el piso del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia llegó a través de la ley aprobada en Diputados el martes pasado que modificó otro impuesto, el de Bienes Personales. Ocurre que esa atribución del Gobierno estaba establecida en el fallido proyecto de Presupuesto 2022 que el oficialismo no pudo aprobar la semana pasada. Al no haber Presupuesto, la facultad hubiese caducado el próximo 31 de diciembre.
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Por tal motivo, y a último momento, en la ley de Bienes Personales se incluyó un inciso que señala: “Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones”.
Durante el acalorado debate que transitó la cámara baja para modificar Bienes Personales, también hubo lugar para Ganancias. En este sentido, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, explicó: “A los efectos de resolver un problema que le aclaré a los presidentes de la mayoría de los bloques que es el Impuesto a las Ganancias en los salarios de los trabajadores y las trabajadoras, como el 31 de diciembre vence la posibilidad de poder actualizar la alícuota de descuento y a los efectos de que por las paritarias y los bonos de fin de año los trabajadores no pierdan el beneficio que este Congreso les dio a lo largo del año a más de un millón trescientos mil trabajadores es que vamos a pedir un agregado”.
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De ese modo, a pesar de las quejas de la oposición referidas a que se incorporó una disposición sobre un impuesto diferente al resto de la ley, el Ejecutivo conservó la posibilidad de ajustar cada semestre el piso a partir del cual se comienza a pagar el impuesto a las Ganancias, ajustado por el Ripte.
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