
Con la publicación del Decreto 438/2021, el Gobierno estableció que los trabajadores que inicien una nueva relación laboral —cada vez que empiecen a trabajar en una nueva empresa— deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder poder ejercer el derecho de cambiar a otra obra social o derivar aportes a una empresa privada.
Cambiar el sistema de libre elección y retrasar la posibilidad de disponer el traspaso de los aportes a otra entidad era una de las promesas que el presidente Alberto Fernández había realizado a la dirigencia de la Confederación General del Trabajo (CGT). La medida busca evitar la fuga de los aportes obligatorios al sector privado.
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Desde las empresas de medicina privada indicaron que la medida afecta derechos adquiridos de los trabajadores. “El decreto genera un retroceso en la libre elección por parte de la gente a donde pueden confiar el cuidado de su salud y de su familia. En el caso de las empresas, es una medida que afecta futuros ingresos. Aquellos que traspasaron ya no pueden retroceder. Obviamente que disminuye la captación de personas por parte de las empresas de medicina prepaga, ya que pueden hacer la opción de cambio una vez por año”, explicó una fuente del sector.
Con todo, otra de las fuentes señaló que el impacto económico que tendrá para las empresas aun no está calculado. “En este momento, donde hay poca generación de empleo, no es tan significativo”, indicaron. En la Argentina, las empresas de medicina privada cuentan con unos 6 millones de afiliados, de los cuales 4,5 millones derivan sus aportes desde las obras sociales.
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“La medida afecta a los ingreso pero no de forma muy significativa. Restringe más los derechos de las personas que al sistema porque les impide elegir en el momento de incorporarse a una empresa donde usar sus fondos, que son de su propiedad. Hace tiempo se reconoció que las personas son dueñas de sus aportes, que se consideran salarios diferidos porque provienen de su relación laboral y, por más que sea un aporte patronal es parte de su sueldo”, destacó Ricardo Lilloy, presidente de la Cámara de Entidades de Medicina Privada (Cempra).
“Este derecho hace más eficiente al sistema porque le da libertad a la persona de irse a otro lado si no está conforme. Es una forma de establecer competencia, de tratar de mejorar las condiciones de la obra social par evitar el éxodo de sus afiliados. Mantener a una persona cautiva también perjudica al sistema porque la quita la capacidad de competencia”, agregó Lilloy.
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Según un informe reciente de el centro de estudios Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), la pandemia y las actualizaciones de precios autorizadas por el Gobierno —que estuvieron por debajo de la inflación— profundizaron en el último año la crisis de la medicina privada. Desde diciembre de 2019, las cuotas de las prepagas se actualizaron en un 26% mientras que la inflación general medida por el Indec rondó el 71%.
El sistema privado de salud está conformado por dos tipos de actores: los prestadores médicos y los seguros de salud. Esto últimos operan como obras sociales o empresas de medicina prepaga. Los afiliados a las obras sociales se integran por asalariados que hacen aportes obligatorios. Los afiliados a las prepagas se componen por parte de los afiliados de las obras sociales que optan por derivar su aporte salarial a la prepaga y por personas que voluntariamente pagan de su bolsillo una cuota.
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