La diputada Paola Nájera impulsa legislación que prohíbe la obesidad en la población costarricense

La representante oficialista propone instaurar acciones estatales que integren la promoción de buena alimentación, el ejercicio y la educación, garantizando una respuesta integral ante el impacto del sobrepeso en la salud pública

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La diputada Paola Nájera Abarca impulsa la Ley General contra la Obesidad, que busca reducir el sobrepeso a través de estrategias integrales y multisectoriales. (Cortesía: La Nación)
La diputada Paola Nájera Abarca impulsa la Ley General contra la Obesidad, que busca reducir el sobrepeso a través de estrategias integrales y multisectoriales. (Cortesía: La Nación)

La Asamblea Legislativa de Costa Rica analiza un proyecto de ley que busca establecer el Programa Nacional contra la Obesidad y declarar el 3 de marzo como el Día Nacional contra la Obesidad.

La iniciativa, presentada por la diputada oficialista de Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Paola Nájera Abarca, propone la promulgación de la Ley General contra la Obesidad para reducir las tasas de obesidad y sobrepeso en el país, según informó.

El texto del expediente legislativo 25,470 declara la obesidad como una enfermedad crónica no transmisible de interés público y establece nuevas responsabilidades para el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Ministerio de Educación Pública (MEP), el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) y las municipalidades.

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Estas entidades deberán implementar estrategias para prevenir, controlar y tratar el sobrepeso y la obesidad en distintas etapas de la vida, según detalló un medio local.

La exposición de motivos subraya que “las personas no eligen ser obesas, sino que existen diversos factores tanto genéticos, fisiológicos, ambientales y psicológicos que llevan a la persona a padecer de obesidad”.

La diputada Nájera sostiene en el documento que la salud pública debe priorizar la concientización sobre la obesidad como enfermedad crónica, la promoción de actividad física en las escuelas y la reducción del consumo de alimentos con alto valor calórico.

El proyecto exige fomentar estilos de vida saludables, atención integral y participación multisectorial, garantizando la inclusión de todos los grupos poblacionales.

La creación del Programa Nacional contra la Obesidad se presenta como uno de los principales instrumentos para reducir la prevalencia de esta condición en la población costarricense.

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El plan contempla la promoción de hábitos alimentarios saludables y la atención coordinada entre instituciones estatales, con la meta de disminuir el impacto de la obesidad en el sistema de salud y en la calidad de vida de los habitantes, según indicó el medio local.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El plan incluye la promoción de actividad física en las escuelas y campañas para reducir el consumo de alimentos altamente calóricos entre la población costarricense. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Legislación Alimentaria en Costa Rica

Entre los elementos legales de contexto, la Constitución Política de Costa Rica en su artículo 50 busca el bienestar de los habitantes y, en el 82, garantiza alimento a escolares indigentes.

Además, la Ley de Pensiones Alimentarias (No. 7654) regula el sustento familiar obligatorio, con sanciones de hasta seis meses de cárcel por incumplimiento, incluso si el obligado no tiene empleo o ingresos fijos.

Por otra parte, existen normas específicas para la seguridad e inocuidad alimentaria, así como reglamentos que prohíben la fritura profunda en servicios públicos de alimentación y limitan el uso de azúcar y grasas en alimentos servidos.

La legislación vigente también promueve la producción local y la agricultura orgánica. En el ámbito educativo, la ley fomenta el consumo de productos locales y una alimentación balanceada en las escuelas. El etiquetado y la publicidad de alimentos con sellos de advertencia, especialmente los dirigidos a menores, se encuentran regulados por normativas nacionales.

El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de seis meses para reglamentar la ley después de su aprobación legislativa. El expediente ahora será asignado a una comisión para el inicio del trámite correspondiente en la Asamblea Legislativa.

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