Caso Lili Pink: Fiscalía podrá extraer datos de cinco dispositivos incautados por orden del juez que validó el proceso

La decisión revocó el fallo que anulaba los análisis forenses y permitirá que la información obtenida sea valorada en la investigación por presunto contrabando, lavado de activos y enriquecimiento ilícito

El juez Luis Alejandro Barreto declaró legal la extracción de datos de cinco dispositivos incautados en el proceso contra Lili Pink - crédito Rama Judicial
El juez Luis Alejandro Barreto declaró legal la extracción de datos de cinco dispositivos incautados en el proceso contra Lili Pink - crédito Rama Judicial
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El juez Luis Alejandro Barreto Moreno, del Juzgado 26 Penal del Circuito de Bogotá, declaró legal la extracción de información de cinco dispositivos tecnológicos incautados en la investigación contra Lili Pink, por considerar que los peritos actuaron sobre las evidencias originales, con orden de policía judicial, dentro de los plazos establecidos y bajo control judicial.

La decisión revocó un fallo que había invalidado esos análisis y habilitó su uso dentro del proceso por presunto contrabando, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

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La determinación resolvió una apelación de la Fiscalía General de la Nación contra la decisión del Juzgado 67 Penal Municipal de Bogotá, que el 11 de agosto de 2026 había cuestionado la legalidad de los procedimientos forenses sobre los equipos.

Las labores de análisis se realizaron entre el 28 de julio y el 10 de agosto de 2026. El juez concluyó que se desarrollaron dentro de los 15 días previstos por la ley y que los dispositivos permanecieron custodiados y documentados durante el procedimiento.

Las objeciones de la defensa sin respaldo probatorio

créditos archivo Colprensa | Fiscalía | Lili Pink
La resolución judicial revocó un fallo previo del Juzgado 67 Penal Municipal que había cuestionado las pruebas digitales recopiladas por la Fiscalía - crédito Colprensa/Fiscalía/Lili Pink

La defensa de los investigados había sostenido que la Fiscalía actuó con falta de lealtad procesal y que los equipos fueron retenidos durante un lapso excesivo e injustificado. El despacho rechazó ambos cuestionamientos al no encontrar pruebas de contaminación de los datos ni de uso indebido de la información obtenida.

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En su fallo, Barreto Moreno señaló que las acusaciones contra el ente investigador eran “meras conjeturas, especulaciones e hipótesis carentes de todo respaldo probatorio o indiciario”. También determinó que los análisis produjeron “resultados completamente inéditos, que de ninguna manera habían sido previamente declarados ilegales”.

La Fiscalía General de la Nación indicó que los peritos del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, cumplieron los requisitos legales para extraer información digital de elementos incautados durante diligencias de allanamiento. El organismo precisó que la nueva orden de policía judicial permitió realizar el procedimiento sobre las evidencias originales.

La decisión judicial no constituye una declaración de responsabilidad penal de las personas vinculadas al caso. Su alcance se limita a validar la obtención de los datos de cinco evidencias tecnológicas, que podrán ser valoradas durante el proceso contra propietarios, socios y otros investigados relacionados con Lili Pink.

La investigación por contrabando y lavado de activos

crédito Fiscalía
Los peritos del Cuerpo Técnico de Investigación completaron los análisis forenses dentro del plazo de 15 días que fija la ley - crédito Fiscalía

La investigación se originó en operaciones realizadas el 27 de abril en más de 400 tiendas en las que se comercializa la marca Lili Pink. Durante esas diligencias, las autoridades reportaron la captura de una persona y adelantaron medidas de extinción de dominio sobre bienes vinculados con el caso.

Así mismo, dentro del mismo proceso la Fiscalía imputó cargos a ocho empresarios y a Walter Martínez Martínez, capturado en Barranquilla, Atlántico. Según el ente acusador, Martínez Martínez habría sido representante legal de al menos siete empresas fachada utilizadas para dar apariencia de legalidad a las operaciones de la red investigada.

Entre los judicializados figuran Max Abadi, su hijo David Abadi y otros socios del conglomerado que incluye las tiendas Yoi. La hipótesis de la Fiscalía sostiene que la estructura habría usado importadoras, comercializadoras y sociedades de papel para ingresar mercancías al país y distribuirla posteriormente en el mercado nacional.

La Fiscalía ocupa bienes de la cadena Lili Pink por presunto lavado de activos y contrabando - crédito Fiscalía
El ente acusador calcula que la presunta red cometió lavado de activos por más de $730.000 millones y contrabando por $75.000 millones - crédito Fiscalía

Entre tanto, esas sociedades, constituidas legalmente pero sin actividad comercial real, habrían facilitado el ingreso de prendas de vestir, juguetes y productos cosméticos. La Fiscalía señaló que el esquema incluía maniobras para disimular controles aduaneros, fragmentar transacciones, simular relaciones comerciales y dificultar la trazabilidad del dinero.

Por su parte, el organismo investigador relacionó la presunta operación con lavado de activos por más de $730.000 millones, enriquecimiento ilícito superior a $430.000 millones y hechos de contrabando que superarían los $75.000 millones.

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