El automóvil avanzó en contravía por el corredor exclusivo para bicicletas en Bogotá y figura con un comparendo impuesto el mismo día de la grabación - crédito @tigeronitsukaa / TikTok
Un conductor fue grabado mientras avanzaba en contravía por una ciclorruta de la avenida Boyacá, en Bogotá, para evitar la congestión vehicular.
La maniobra, registrada en video y difundida en redes sociales, expuso a los ciclistas que transitaban por un corredor destinado de forma exclusiva a vehículos no motorizados y puede dar lugar a una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes.
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En las imágenes se observa a un automóvil particular que ocupa la ciclorruta mientras se desplaza en sentido contrario. El vehículo circula junto a la vía principal, donde otros carros permanecen detenidos o avanzan a baja velocidad en medio del tráfico. De acuerdo con la información que acompañó la grabación, en el automóvil viajaba también un pasajero.
El episodio ocurrió en la avenida Boyacá en horas de la noche del viernes 9 de octubre, una de las principales arterias viales de la capital. Hasta ahora no hay un pronunciamiento público de las autoridades sobre un comparendo concreto o una posible identificación oficial del responsable a partir del video.
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En el video se logra escuchar que tanto las personas que registraron las imágenes como otros conductores gritan y usan el pito del carro para amedrentar al conductor del carro que comete la infracción. Además, se logra ver que logra avanzar varios metros por la ciclovía.
El video, que ha sido replicado en redes sociales y que cuenta con más de 180.000 vistas, también fue el espacio para que los internautas dejaran sus comentarios y opiniones sobre la infracción. “Falta mal hecho que lo multen, pero así se siente cuando las bicicletas tienen una ciclorruta y se meten entre los carros”, “Falta mal hecho que lo multen, pero así se siente cuando las bicicletas tienen una cicloruta y se meten entre los carros”, “Falta mal hecho que lo multen pero así se siente cuando las bicicletas tienen una ciclorruta y se meten entre los carros”, dicen los mensajes.
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Incluso, uno de los usuarios compartió una captura de pantalla del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), plataforma en la que se consultan los comparendos de los vehículos. Según ese registro, el automóvil figura con una multa de $1.266.100, impuesta el 9 de octubre de 2026, la misma fecha en que fue grabada la maniobra.

El Código de Tránsito considera las ciclorrutas vías exclusivas para bicicletas
El Código Nacional de Tránsito Terrestre, contenido en la Ley 769 de 2002, define la ciclorruta como una vía o una sección de la calzada destinada de manera exclusiva al tránsito de bicicletas. Esa definición fija una diferencia con las calzadas usadas por automóviles, motocicletas, buses y camiones.
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El artículo 131 de la norma contempla una infracción tipo D para quienes conduzcan sobre espacios que no están habilitados para vehículos motorizados. El numeral D.5 sanciona la conducta de “conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados”.
Por esa razón, la conducta que aparece en el video podría encajar en esa disposición, aunque la determinación depende de la verificación que realice la autoridad de tránsito sobre las circunstancias específicas del caso y la identificación del conductor.

La sanción prevista para las infracciones tipo D equivale a 30 salarios mínimos legales diarios vigentes. La norma establece expresamente la inmovilización para motocicletas y motociclos que incurran en esa conducta. Para el caso de un automóvil, la consecuencia principal que contempla el numeral es el comparendo económico, sin perjuicio de otras medidas que puedan proceder si la autoridad detecta infracciones adicionales.
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El Código de Tránsito prevé procedimientos para la imposición de comparendos y para que el presunto infractor ejerza su derecho de defensa. Si una autoridad detecta la conducta en el momento, puede imponer el comparendo de forma directa. Si el caso surge de un registro audiovisual, deberá seguirse el trámite correspondiente para atribuir la infracción.

En el video no se advierte la presencia de un agente de tránsito ni se conoce si hubo una intervención posterior. Tampoco se ha informado si la Secretaría Distrital de Movilidad recibió un reporte formal sobre el hecho.
La circulación de automóviles por ciclorrutas se suma a las conductas que afectan la seguridad de quienes usan la bicicleta como medio de transporte. La sanción aplicable dependerá del análisis oficial.
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