
El Tribunal Superior de Medellín confirmó la condena de 28 años de prisión contra José Miguel Narváez, exsubdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por su responsabilidad como determinador del secuestro extorsivo agravado de la entonces senadora Piedad Córdoba.
La decisión ratificó de forma íntegra el fallo dictado el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín. El tribunal estableció que Narváez Martínez fue declarado penalmente responsable por el delito investigado, según el documento conocido por Caracol Radio.
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El fallo confirmó que José Miguel Narváez deberá cumplir la pena impuesta por su papel en el secuestro de Piedad Córdoba, cometido el 21 de mayo de 1999. La segunda instancia rechazó los argumentos de la defensa y mantuvo la inhabilidad de 20 años para ejercer derechos y funciones públicas.
“CONFIRMAR en su integridad la sentencia proferida el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín, mediante la cual se declaró penalmente responsable a JOSÉ MIGUEL NARVÁEZ MARTÍNEZ, en calidad de determinador, del punible de SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO (artículos 169 y 170, numeral 9, del Código Penal), por las razones expuestas en la parte motiva”, señaló el Tribunal de Medellín.
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La corporación revisó la apelación presentada por el abogado del exfuncionario y no encontró razones para modificar la condena, por lo que la sentencia quedó en firme en todos sus componentes.
El fallo de primera instancia concluyó que el exsubdirector del DAS instigó directamente la retención de Córdoba. La justicia señaló que el Narváez entregó a Carlos Castaño grabaciones obtenidas ilegalmente y tuvo participación como ideólogo de la estructura paramilitar.
La investigación ubicó esas actuaciones dentro de la doctrina del “enemigo interno”, una postura que fue usada para justificar persecuciones contra líderes sociales, defensores de derechos humanos y opositores políticos.
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La decisión judicial también mantuvo la multa de 3.499 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La condena ordenó que la pena se cumpla en un establecimiento carcelario.
El expediente fue tramitado bajo los parámetros de la Ley 600 de 2000. La investigación estuvo a cargo de un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación.
Piedad Córdoba estuvo secuestrada durante 14 días en Medellín
Las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) interceptaron a Piedad Córdoba cuando acudía a una cita médica en el barrio El Poblado de Medellín. La retención ocurrió el 21 de mayo de 1999.
La entonces senadora recuperó la libertad el 4 de junio de ese año, después de la intervención de sectores políticos y humanitarios. La privación de la libertad se prolongó durante 14 días.
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La Fiscalía estableció que Narváez visitó a Carlos Castaño y le propuso retener y asesinar a Córdoba, a quien señalaba de colaborar con el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Para apoyar esa versión, le habría entregado información clasificada obtenida desde el DAS.
El tribunal declaró que los hechos constituyeron un delito de lesa humanidad. Esa calificación impide que el paso del tiempo extinga la acción penal y resalta la dimensión de la conducta dentro del conflicto armado colombiano.
La resolución judicial precisa que contra la confirmación de la condena procede el recurso extraordinario de casación. La defensa de Narváez podrá presentar esa solicitud ante la Corte Suprema de Justicia.
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La casación es un mecanismo excepcional y técnico para controvertir sentencias de segunda instancia emitidas por tribunales superiores. La eventual presentación del recurso no modifica, por sí sola, la decisión ratificada por el Tribunal Superior de Medellín.
Una vez la providencia quede ejecutoriada, el expediente digital deberá regresar al juzgado de origen. La orden busca que esa autoridad comunique formalmente la decisión a las partes y continúe con las actuaciones correspondientes.
Narváez ya tenía condenas por los casos de Jaime Garzón y Claudia Julieta Duque
Esta es la tercera condena conocida contra el exsubdirector del DAS. Narváez ya había sido sentenciado por su participación en el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón.
El Juzgado Séptimo Penal Especializado de Bogotá lo condenó en primera instancia el 13 de agosto de 2018. La pena fue revisada en 2021 y quedó fijada en 26 años de prisión.
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La justicia determinó que Narváez influyó en Carlos Castaño para que considerara a Garzón una amenaza. Entre los señalamientos atribuidos al exfuncionario estaban supuestos nexos del periodista con el ELN y presuntos beneficios económicos derivados de gestiones para liberar secuestrados.
Las autoridades judiciales descartaron que esas acusaciones tuvieran fundamento. El proceso identificó a Narváez como uno de los responsables intelectuales del crimen.
El exfuncionario también recibió una condena de 12 años y cinco meses de prisión por tortura psicológica contra la periodista Claudia Julieta Duque. El Juzgado Décimo Penal Especializado del Circuito de Bogotá dictó esa sentencia el 24 de agosto de 2024.
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La investigación sobre ese caso documentó una campaña de persecución, amenazas y seguimientos contra Duque y su hija, que era menor de edad. Varios exagentes del DAS declararon que Narváez ordenó recolectar información privada y detallada sobre la periodista.
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