Así funcionaría el monitoreo con dispositivos electrónicos a los exjefes de las Farc condenados por la JEP por crímenes de lesa humanidad

Los siete integrantes del antiguo secretariado sancionados deberán garantizar la reparación de las víctimas mediante la ejecución de actividades específicas

JEP - José Pastor Ruiz Mahecha
Justicia Especial de Paz de Colombia inició la ejecución de las sanciones contra el último secretariado de las Farc por crímenes del conflicto armado - crédito JEP
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró formalmente la ejecución de las sanciones propias contra los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc condenados en el Caso 01 por crímenes de guerra y de lesa humanidad relacionados con secuestros durante el conflicto armado colombiano.

“OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz mediante Sentencia TP-SA-SP 620 del 25 de junio de 2026, por la cual se confirmó parcialmente la Sentencia TP-SeRVR-RC- ST 001 del 16 de septiembre de 2025 proferida por la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad contra el último Secretariado de las FARC-EP en el marco del Caso 01″, puntualiza la decisión emitida por la Sección de Primera Instancia, emitida el 18 de septiembre de 2026.

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Las sanciones fueron impuestas a Rodrigo Londoño Echeverri, último comandante y coordinador del Bloque Magdalena Medio, con ocho años; Jaime Alberto Parra Rodríguez, excomandante del Bloque Oriental, con siete años, 10 meses y dos días; Milton de Jesús Toncel Redondo, comandante del Bloque Sur, con siete años, ocho meses y 25 días; y Pablo Catatumbo Torres Victoria, comandante del Bloque Occidental, con ocho años.

La lista incluye a Pastor Lisandro Alape Lascarro, comandante del Bloque Magdalena Medio, con seis años, 11 meses y 22 días; Julián Gallo Cubillos, comandante del Frente Urbano Antonio Nariño y miembro del Bloque Oriental, con seis años; y Rodrigo Granda Escobar, conocido como el canciller de las Farc, con cinco años.

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Los siete integrantes del antiguo secretariado sancionados deberán garantizar la reparación de las víctimas mediante la ejecución de actividades específicas - crédito JEP
Los siete integrantes del antiguo secretariado sancionados deberán garantizar la reparación de las víctimas mediante la ejecución de actividades específicas - crédito JEP

Los comparecientes estarán bajo un sistema de monitoreo electrónico permanente mientras cumplen las sanciones. Los dispositivos, que podrán ser celulares o relojes, transmitirán en tiempo real su ubicación y estarán vinculados a geocercas definidas según las fases de los Trabajos, Obras y Actividades con Contenido Restaurador (TOAR).

La Oficina Asesora de Monitoreo Integral (OAMI) de la JEP vigilará el sistema 24 horas al día y siete días a la semana. Si alguno de los sancionados abandona el perímetro autorizado sin permiso, se generará una alerta; los equipos también registrarán los desplazamientos, la hora y dirección del movimiento y el estado de la batería, pero tendrán bloqueadas las funciones de audio y video.

Los exguerrilleros deberán estar alerta al estado del dispositivo, además de seguir a cabalidad las instrucciones de las autoridades - crédito JEP
Los exguerrilleros deberán estar alerta al estado del dispositivo, además de seguir a cabalidad las instrucciones de las autoridades - crédito JEP

Los sancionados deberán mantener los dispositivos bajo su control, cargarlos diariamente, atender las alertas, validar su identidad cuando sea necesario y comunicar cualquier pérdida, hurto o falla. La Secretaría Ejecutiva de la JEP entregará, instalará y activará los equipos, capacitará a los comparecientes y comprobará su funcionamiento, con vigilancia en terreno de la JEP y acompañamiento de la Misión de Verificación de Naciones Unidas y la MAPP/OEA.

Detalles de la decisión de la JEP

Los siete altos miembros de la extinta guerrilla que fueron condenadas por la JEP se verán obligados a garantizar la reparación de las víctimas por medio de la ejecución de actividades específicas, entre ellas, desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, labores en infraestructura rural y urbana, tareas para la protección del medio ambiente y acciones en pro de la memoria histórica.

Estas actividades restaurativas las desarrollarán en siete regiones del país: Bogotá, noroccidente (Antioquia), oriente (Caquetá y Meta), Caribe (Bolívar y Cesar), suroccidente (Huila, Putumayo y Nariño), nororiente (Santander), centro y suroriente (Casanare, Vaupés y Sumapaz).

En el auto emitido por la Sección de Primera Instancia de la JEP para el inicio de la ejecución de las sanciones, se activó el componente retributivo, por medio del cual se establecen restricciones efectivas de derechos y libertades para los comparecientes. Estas son:

  • Residencia fija en la sede territorial correspondiente. Incluye la prohibición de cambio sin autorización previa de la Sección.
  • Régimen de horario estricto para el desarrollo de trabajos, obras y actividades con contenido restaurativo y reparador: de lunes a viernes, entre las 8:00 a. m. y las 5:00 p. m.
  • Prohibición de desplazamiento fuera del departamento de la fase correspondiente de ejecución.
  • Prohibición de desplazamiento fuera del país.

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