Abogada laboralista explicó por qué la Reforma Pensional “no afectará de la misma manera” a todos los cotizantes: “No todos quedarán con las mismas reglas”

Cindy Isaza aclaró varios puntos de la Ley 2381 de 2024, aprobada en su totalidad por parte de la Corte Constitucional

La jurista Cindy Isaza aclaró quiénes podrían verse afectados luego de que la Corte Constitucional avaló la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 y fijó su entrada en vigencia general para el 1 de abril de 2027 - crédito @cindylaboral/IG

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La abogada laboralista Cindy Isaza explicó que la Reforma Pensional no tendrá los mismos efectos para todos los trabajadores y que el número de semanas cotizadas será determinante para saber si una persona conserva las reglas de la Ley 100 o ingresa al nuevo sistema de pilares.

La jurista hizo las aclaraciones después de la decisión de la Corte Constitucional sobre la Ley 2381 de 2024.

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En un video difundido en redes sociales el martes 8 de septiembre, Isaza señaló que la primera revisión debe centrarse en las semanas acumuladas, antes que en la edad de la persona.

“Después de la decisión de la Corte Constitucional, muchas personas siguen preguntándose cómo les afectará realmente la Reforma Pensional. Lo primero que debes saber es que no todos quedarán bajo las mismas reglas”, afirmó la abogada antioqueña.

La experta sostuvo que las mujeres que tengan 750 semanas o más y los hombres con al menos 900 semanas podrían quedar cobijados por el régimen de transición. En esos casos, continuarían bajo el marco de la Ley 100 de 1993, en vez de pasar de forma automática al nuevo modelo.

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Isaza compartió la grabación y aclaró las inquietudes los usuarios el martes 8 de septiembre de 2026 - crédito @cindylaboral/IG
Isaza compartió la grabación y aclaró las inquietudes los usuarios el martes 8 de septiembre de 2026 - crédito @cindylaboral/IG

Ese criterio coincide con el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, que establece que las mujeres con 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas, al momento de la entrada en vigencia del sistema, mantienen la aplicación integral de las normas anteriores.

Las semanas cotizadas definen quién puede permanecer en el régimen anterior

“Si eres mujer y tienes 750 semanas o más, o si eres hombre y tienes 900 semanas o más, podrías quedar en el régimen de transición y continuar bajo las reglas de la Ley 100”, explicó Isaza.

La jurista recordó que la situación debe analizarse de forma individual. El historial laboral, el régimen al que está afiliada la persona y el nivel de ingresos son factores que pueden cambiar el efecto concreto de la reforma.

Colpensiones también ha explicado que el régimen de transición está dirigido a mujeres con 750 semanas o más y hombres con 900 semanas o más antes de la entrada en vigor de la Ley 2381.

La entidad ha señalado, además, que existió una oportunidad de traslado para mujeres desde los 47 años y hombres desde los 52 años que cumplieran el requisito de semanas.

“Si no alcanzas esas semanas, ingresarías al nuevo sistema de pilares”, indicó la especialista.

Pesos colombianos-Colombia
El nivel de ingresos de los trabajadores será clave cuando entre en vigor la reforma pensional, el 1 de abril de 2027, fecha previsa por la Corte Constitucional - crédito imagen de referencia - archivo Colprensa

El sistema contempla componentes distintos para quienes están en edad de trabajar, para las personas que cotizan y para quienes, al cumplir la edad exigida, no logren reunir los requisitos para una pensión contributiva.

Los aportes hasta 2,3 salarios mínimos irían a Colpensiones

La abogada indicó que, para quienes entren al nuevo sistema, la distribución de los aportes dependerá del ingreso mensual. “Hasta 2,3 salarios mínimos, el aporte iría al componente administrado por Colpensiones”, explicó.

Sobre los ingresos que superen ese umbral, el aporte correspondiente al excedente se dirigiría a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), la denominación que la Ley 2381 asigna a las entidades privadas que administrarán esa parte del ahorro pensional.

“Y sobre el excedente iría para una ACCAI, que es alguno de los fondos privados”, señaló Isaza.

La Ley 2381 establece que las personas que coticen por encima de 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes deberán seleccionar una administradora del componente complementario de ahorro individual para el porcentaje que exceda ese valor.

La especialista advirtió que la forma de cotización no puede analizarse sin revisar los ingresos de cada afiliado. Una persona con un salario igual o menor a 2,3 salarios mínimos tendría una distribución distinta de aportes frente a alguien cuyos ingresos superen ese límite.

El auxilio funerario de Colpensiones será equivalente al último salario base de cotización o a la última pensión recibida por el fallecido - crédito Colpensiones/Colprensa
Colpensiones se convertiría en el principal fondo de ahorros de Colombia con la entrada en vigor de la Reforma Pensional - crédito Colpensiones/Colprensa

El pilar semicontributivo sería una alternativa para quienes no completen requisitos

Otro de los puntos expuestos por Isaza está relacionado con quienes lleguen a la edad de pensión sin lograr las semanas exigidas para acceder a una mesada dentro del componente contributivo.

“Si al llegar a la edad establecida no completas las semanas necesarias para pensionarte, podrían existir otras alternativas de protección, como la renta del pilar semicontributivo, siempre que cumplas con todos los requisitos”, recordó la jurista.

La existencia de esa alternativa no implica que se otorgue de manera automática. La abogada recalcó que cada beneficio está sujeto a condiciones legales, que incluyen semanas aportadas, edad, situación socioeconómica y otros requisitos definidos por el sistema.

El nuevo modelo mantiene como referencia las edades de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres en el componente contributivo. La Ley 2381 conserva el requisito general de 1.300 semanas, aunque establece una reducción gradual del número de semanas exigidas a las mujeres hasta llegar a 1.000.

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