
El bombardeo ordenado por Abelardo de la Espriella en Guaviare para el 27 de agosto de 2026 dejó al menos tres menores muertos entre las víctimas del operativo, un dato confirmado por el Instituto Nacional de Medicina Legal que amplió la controversia sobre la ofensiva militar ejecutada en zona rural de El Retorno y que forma parte de una estrategia oficial que contempla 15 bombardeos en los primeros 100 días de gobierno.
El despliegue, denominado Operación Amón, fue el segundo bombardeo autorizado por el presidente en sus primeros 20 días de mandato. Cabe aclarar que la ofensiva está ligada con el plan del Gobierno nacional que busca debilitar estructuras armadas ilegales mediante acciones aéreas y terrestres.
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Después del operativo militar, las autoridades trasladaron 10 cuerpos a laboratorios forenses de Florencia y Villavicencio. Los peritos lograron identificar a nueve víctimas: tres menores de edad, cuatro mujeres y cinco hombres.
Sin embargo, el Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó a la Presidencia de la República de Colombia, liderada por Abelardo de la Espriella, suspender provisionalmente los operativos aéreos ofensivos contra campamentos de grupos armados.
Después del primer dictamen de la justicia, el 5 de septiembre de 2026, el juez tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare, Jhoan Aguilera Martínez, ordenó la suspensión provisional de los bombardeos en el departamento del Guaviare. La medida está dirigida al primer mandatario y a las Fuerzas Militares, mientras avanza el estudio de una acción de tutela y de una solicitud de medida cautelar.
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La decisión figura en un auto de 12 páginas y establece que la prohibición regirá cuando haya información de inteligencia, alertas preventivas u otros indicios objetivos que permitan prever, de forma razonable, la presencia de niños o adolescentes en el área de la operación.
El juez indicó que el presidente –como comandante en jefe de las Fuerzas Armadas–, el Ministerio de Defensa y las autoridades militares deberán abstenerse temporalmente de bombardear objetivos de grupos armados ilegales en Guaviare si existen elementos que adviertan un posible riesgo para la vida o la integridad física de menores de edad.

“ORDENAR al Presidente de la República, Dr. Abelardo de la Espriella -Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Colombianas, al Ministerio de Defensa Nacional y a las autoridades militares competentes, la SUSPENSIÓN TEMPORAL (mientras se resuelve de fondo la acción de tutela) DE BOMBARDEOS A OBJETIVOS MILITARES, en contra de cualquier grupo o estructura armada al margen de la ley, ubicados en el departamento del Guaviare, cuando exista información de inteligencia, alerta preventiva u otro elemento objetivo que permita razonablemente advertir la posible presencia de niños y adolescentes, que pudieren llegarse a ver afectados en su vida o integridad física”, puntualiza la prohibición.
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Los detalles de la primera suspensión de los bombardeos del Gobierno de De la Espriella<b> </b>

La decisión del Juzgado 34 de Familia de Bogotá se produjo tras admitir una acción de tutela presentada por el ciudadano Ower Jimmy Borda Parra, que se identificó como agente oficioso de menores reclutados o “utilizados por grupos guerrilleros que puedan resultar afectados durante operaciones aéreas”.
Según lo estipulado en el fallo judicial, la operación solo podría realizarse si, con base en la información disponible y en los protocolos operacionales aplicables, se concluye que no existe una alternativa operacional menos lesiva para alcanzar un objetivo militar legítimo.
“Mientras se profiere decisión de fondo en la presente acción de tutela, se abstengan de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados, hasta tanto se adopten y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias”, señala el documento.
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