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Mauricio Santoyo, exjefe de seguridad de Álvaro Uribe, seguirá en prisión: esto decidió la Corte Suprema de Justicia

El alto tribunal determinó que su solicitud debe ser resuelta por la autoridad competente, tras descartar que exista un vacío jurídico en su caso

- crédito Diego Pineda/Colprensa
Mauricio Santoyo, exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe, deberá continuar detenido tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia - crédito Diego Pineda/Colprensa
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La Corte Suprema de Justicia cerró la vía del habeas corpus para el exgeneral de la Policía Mauricio Santoyo y determinó que deberá continuar privado de la libertad mientras la autoridad judicial competente resuelve de fondo su solicitud de libertad.

La Sala Penal modificó la decisión de primera instancia y declaró improcedente el amparo solicitado por Santoyo, al considerar que no se cumple el requisito de subsidiariedad.

El alto tribunal concluyó que el exoficial todavía cuenta con los mecanismos ordinarios previstos dentro de los procesos penales que enfrenta y que, por lo tanto, el habeas corpus no puede utilizarse para reemplazar al juez natural.

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La decisión, que no admite recurso alguno, fue adoptada luego de que Santoyo alegara que lleva más de siete años privado de la libertad sin que exista una decisión definitiva sobre su situación jurídica.

El exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe permanece detenido desde el 26 de abril de 2019, cuando la Fiscalía 56 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos ordenó una medida de aseguramiento en su contra.

La Corte descartó que exista un limbo jurídico

El magistrado ponente, Gerson Chaverra Castro, explicó que los cuestionamientos relacionados con la duración de la detención preventiva, la vigencia de la medida de aseguramiento y las razones que sustentaron su imposición deben ser examinados por el funcionario judicial que tiene a su cargo el proceso.

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La Sala Penal recordó que cualquier solicitud de libertad debe presentarse, en principio, ante el juez natural, quien es el encargado de determinar si se mantienen las condiciones que justifican la privación de la libertad.

En ese sentido, la Corte consideró que una eventual demora en resolver una petición no convierte automáticamente la detención en ilegal. Según el tribunal, si existe una tardanza injustificada de la autoridad encargada de resolver la solicitud, el mecanismo constitucional que podría proceder es la acción de tutela, no el habeas corpus.

Mauricio Alfonso Santoyo Velasco
Santoyo enfrenta investigaciones en la justicia ordinaria por presuntos delitos relacionados con desaparición forzada, concierto para delinquir y lavado de activos - crédito CTI

La discusión surgió después de una petición de libertad presentada por Santoyo el 5 de mayo de 2026 ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Siete días después, esa jurisdicción remitió la solicitud a las autoridades de la justicia ordinaria, al considerar que ya no tenía competencia sobre el exoficial.

La defensa sostuvo que ese traslado entre jurisdicciones había dejado a Santoyo en un supuesto “limbo jurídico”. Sin embargo, la Corte Suprema descartó esa interpretación y señaló que la remisión de los procesos a la justicia ordinaria fue comunicada oportunamente y que existen autoridades competentes para pronunciarse sobre su situación.

Dos procesos permanecen en la justicia ordinaria

Tras su salida de la JEP, Santoyo enfrenta dos investigaciones en la justicia ordinaria. Una de ellas está relacionada con los delitos de concierto para delinquir y desaparición forzada, mientras que la otra corresponde a enriquecimiento ilícito de servidor público y lavado de activos.

En el segundo expediente, la Fiscalía 11 Delegada ante la Corte Suprema indicó que no podía resolver la solicitud de libertad debido a que no fue la autoridad que impuso la medida de aseguramiento.

Por esa razón, la petición permanece pendiente de una decisión de fondo de la Fiscalía 56 Especializada, despacho que ordenó la detención preventiva.

La Corte señaló que esta situación no implica la inexistencia de una autoridad competente y reiteró que son los funcionarios encargados de los procesos penales quienes deben pronunciarse sobre la libertad del exoficial.

- crédito Diego Pineda/Colprensa
La Corte Suprema concluyó que la solicitud de libertad de Mauricio Santoyo debe ser resuelta por la autoridad judicial competente y no mediante habeas corpus - crédito Diego Pineda/Colprensa

Santoyo fue expulsado de la JEP en febrero de 2026, luego de que la jurisdicción determinara que incurrió en un incumplimiento grave e injustificado del régimen de condicionalidad. El tribunal concluyó que no había cumplido con su obligación de aportar verdad plena sobre los hechos relacionados con el conflicto armado.

Antes de su comparecencia ante la justicia transicional, Santoyo fue condenado en Estados Unidos por delitos relacionados con narcotráfico. La Corte del Distrito Este de Virginia lo declaró culpable de colaborar con grupos paramilitares para facilitar el tráfico de cocaína hacia ese país. Esa condena ya fue cumplida.

No obstante, todavía permanecen abiertas investigaciones en Colombia relacionadas con presuntas violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario durante el periodo en que estuvo al frente del Gaula Urbano de Medellín, entre 1997 y 2001.

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