
La Secretaría de Educación de Bogotá enfrentó críticas tras la decisión de limitar la participación de docentes, orientadores y coordinadores de colegios públicos en las Mesas Locales de Política Educativa.
La denuncia fue realizada por la concejala del Pacto Histórico Heidy Sánchez, que advirtió que la reciente Circular 003 del 8 de julio de 2026 y el Memorando I-2026-85519 restringen de manera injustificada el derecho de los integrantes del sector educativo a intervenir en estos espacios de decisión local.
Según la concejala, las nuevas directrices administrativas permiten que solo un docente orientador y un coordinador por institución educativa asistan a las mesas locales, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 18, numeral 10, del Decreto Distrital 293 de 2008. Dicho decreto establece que todos los docentes orientadores y coordinadores de los colegios oficiales de cada localidad tienen derecho a asistir, sin restringir el número de participantes por colegio.
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“La @Educacionbogota lo hizo de nuevo. Una vez más atenta contra el derecho a la participación de la comunidad educativa, esta vez restringiendo la participación de los docentes orientadores y coordinadores en las Mesas Locales de Política Educativa mediante la expedición de la Circular 003”, denunció Sánchez en su cuenta de X.

¿Qué ocurrió en la práctica?
El efecto de la Circular 003 ya se evidencia en localidades como Ciudad Bolívar, donde varios docentes orientadores acudieron voluntariamente y fuera de su jornada laboral a la mesa local convocada por la Dirección Local de Educación. Sin embargo, por instrucciones del director local, Jhon Edward Páez, se les negó el ingreso al no estar incluidos en un listado de “personas habilitadas”, situación que, según la denuncia, vulnera el derecho a participar en instancias creadas precisamente para garantizar la voz de los actores educativos en la definición de políticas públicas.
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La Secretaría de Educación justificó la decisión alegando la necesidad de garantizar la continuidad del servicio educativo, argumentando que la presencia de múltiples docentes en las mesas podría afectar la atención en los colegios.
No obstante, Sánchez refutó este argumento señalando que los orientadores no tienen cursos asignados ni ejercen funciones terapéuticas exclusivas y que los procesos de orientación pedagógica son programados, mientras que las emergencias deben ser atendidas por los primeros respondientes según los protocolos institucionales vigentes.

Debate legal y administrativo
La controversia radica en que la Circular 003, al limitar la presencia a un solo representante por cargo, estaría modificando de facto el alcance del Decreto 293 de 2008 mediante un acto administrativo de menor jerarquía. El parágrafo del artículo 10 del decreto es claro al facultar a la entidad de Educación para definir la composición de los Consejos Consultivos Locales de Política Educativa, pero siempre “de conformidad con los lineamientos establecidos en el propio decreto” y sin facultades para restringir derechos ya consagrados.
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Sánchez subrayó que la educación pública solo se fortalece con una participación amplia y plural de quienes la integran y que restringir derechos a través de circulares administrativas representa un retroceso en la gestión democrática del sector. “Esta restricción ya se está aplicando en las localidades (…) vulnerando así su derecho a participar en una instancia creada precisamente para garantizar la participación de este estamento”, remarcó la concejala.
La concejala Heidy Sánchez hizo un llamado a la Administración distrital para que cese la práctica de restringir derechos como mecanismo de gestión y exigió la inmediata derogatoria de la Circular 003 del 8 de julio de 2026, así como la adopción de medidas que garanticen el pleno ejercicio del derecho a la participación de los docentes orientadores y coordinadores en las Mesas Locales y Distritales de Política Educativa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 293 de 2008.
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¿Qué dice la Circular 003?
Si bien la Circular 003, emitida por la Secretaría de Educación, tiene como objetivo el reconocimiento e incentivo de la labor de los servidores educativos en el marco del Plan de Estímulos e Incentivos 2026, no menciona de forma explícita las limitaciones a la participación en mesas locales. Sin embargo, el memorando complementario sí establece el criterio de un solo representante por colegio, justificando la medida en la necesidad de asegurar la continuidad del servicio educativo.
La circular también convoca a eventos de integración y bienestar para el personal educativo, promueve el sentido de pertenencia y la corresponsabilidad en la transformación social y educativa de Bogotá. No obstante, desde la perspectiva de la denuncia, estos reconocimientos no pueden sustituir el acceso efectivo a instancias de decisión, ni servir como argumento para limitar la voz de los docentes en los procesos de formulación de política pública.
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