
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó parcialmente las decisiones tomadas en primera instancia dentro del proceso contra los excongresistas Iván Leonidas Name Vásquez y Andrés David Calle Aguas, investigados por cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros agravado.
En el documento, fechado el 22 de julio de 2026 en Bogotá, el alto tribunal ordenó: “REVOCAR la denegación de las pruebas”.
El magistrado ponente Jorge Hernán Díaz Soto informó que la Sala estudió recursos de apelación presentados por las defensas contra los autos AEP 022-2026 del 3 de marzo y AEP 052-2026 del 14 de abril de 2026.
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Según el documento, en esas decisiones la Sala Especial de Primera Instancia “denegó la solicitud de nulidad, decidió sobre las postulaciones probatorias y despachó desfavorablemente la libertad por vencimiento de términos”.
En el primer punto resolutivo, la Corte dispuso que se revierta la negativa de varias solicitudes probatorias del auto del 3 de marzo y que, en su lugar, “SE DECRETAN, por las razones expuestas en la parte motiva”.
En un segundo aspecto, el tribunal también revocó la determinación sobre el alcance temporal de las pruebas y definió que el marco aplicable será “desde el año 2021 al 2024“, conforme a lo consignado en la providencia.
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La Sala, no obstante, mantuvo en firme el resto del auto AEP 022-2026: “CONFIRMAR en los demás aspectos el auto AEP 022-2026 del 3 de marzo de 2026”.
En cuanto al auto del 14 de abril, la Corte lo dejó intacto. El documento también ordenó: “Devuélvase el diligenciamiento a la Sala Especial de Primera Instancia, para lo de su cargo”.
La Corte advirtió que la determinación adoptada no admite impugnaciones: “Contra esta decisión no proceden recursos”.
Los expresidentes del Senado y la Cámara, Iván Name y Andrés Calle, sí habrían recibido sobornos de la Ungrd
El proceso judicial contra los expresidentes del Senado y la Cámara, Iván Name y Andrés Calle, respectivamente, avanzó tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de citarlos a juicio por presunta corrupción vinculada a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).
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La investigación sostiene que ambos habrían recibido sobornos de $3.000 y $1.000 millones, respectivamente, con el objetivo de facilitar la aprobación de reformas promovidas por el Gobierno, especialmente la reforma al sistema de salud y la reforma pensional.
La Corte Suprema señala que, aunque Name no ejecutó acciones concretas en el Congreso, el solo hecho de aceptar dinero configura el delito de cohecho impropio. Según la acusación, los fondos habrían sido entregados en efectivo en octubre de 2023, en dos pagos a Name por parte de Sandra Ortiz, entonces consejera para las Regiones, y a Calle por medio de Sneyder Pinilla, subdirector de la Ungrd, en su apartamento en Montería.
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Los recursos provenían de un préstamo otorgado por Pedro José Castro Espinosa, reembolsado con dinero desviado de un contrato de la Ungrd para la compra de carrotanques destinados a La Guajira.

El expediente judicial, de 299 páginas, describe una cadena de acuerdos que involucra a varios funcionarios, incluidos Olmedo López y Sneyder Pinilla, exdirectivos de la Ungrd; Carlos Ramón González, exdirector del Dapre; y Sandra Ortiz. Todos, salvo González, se encuentran bajo medida de aseguramiento.
La Corte considera probado que Name y Calle sabían que los fondos provenían del patrimonio de la Ungrd y destaca la existencia de evidencia forense, como chats que coordinan la entrega del dinero.
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La defensa de Name cuestionó la validez de los testimonios, pero la Corte Suprema admitió las pruebas y testimonios recolectados.
La Procuraduría apoyó un recurso de nulidad de la defensa, argumentando que los fondos provenían inicialmente de un particular y no de recursos públicos, por lo que no se configuraría el delito de peculado. Sin embargo, la Sala Especial de Instrucción rechazó estos argumentos y confirmó el llamado a juicio de los dos exlegisladores, con varios magistrados dejando constancia de salvamentos y adiciones de voto en la decisión.
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