Caso Dilan Cruz: Procuraduría llamó a juicio disciplinario al capitán que disparó el arma durante las protestas

El Ministerio Público abrió un proceso por la actuación del uniformado que accionó su arma durante las protestas del 23 de noviembre de 2019, un hecho que terminó con la muerte del joven dos días después

La Procuraduría General de la Nación ordenó reiniciar el caso Dilan Cruz, exigiendo juzgarlo como una violación grave de derechos humanos y no bajo el régimen policial ordinario - crédito @aqmoncaleanowtr / Instagram
La Procuraduría llamó a juicio disciplinario al capitán Manuel Cubillos Rodríguez por el caso de Dilan Cruz- crédito @aqmoncaleanowtr / Instagram
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La reciente determinación de la Procuraduría General de la Nación implica la apertura de juicio disciplinario contra el capitán Manuel Cubillos Rodríguez y la remisión de copias para investigar al coronel retirado Néstor Saul Cepeda Cifuentes.

El expediente se centra en el deceso del ciudadano Dilan Cruz, quien perdió la vida tras recibir un disparo durante las manifestaciones de noviembre de 2019 en Bogotá.

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“Compulsar copias de la presente actuación, para que, de manera separada, bajo un nuevo radicado, se inicie la actuación disciplinaria a que haya lugar, en aras de determinar si existe responsabilidad disciplinaria alguna del citado coronel (cr.) Cepeda Cifuentes por las órdenes u orientaciones impartidas el día 23 de noviembre de 2019”, ordenó el procurador delegado para la Defensa de los Derechos Humanos, Néstor Osuna, en el comunicado oficial.

La decisión se apoya en la versión entregada por el propio Cubillos, quien reconoció haber sido el agente que accionó su arma aquel día. Según su declaración, la instrucción provenía de Cepeda y consistía en “dispersar la manifestación y restablecer la movilidad”.

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Dilan Cruz recibió un disparo en la cabeza durante las protestas del 23 de noviembre de 2019 y murió dos días después - crédito Redes sociales
Dilan Cruz recibió un disparo en la cabeza durante las protestas del 23 de noviembre de 2019 y murió dos días después - crédito Redes sociales

El Ministerio Público detalló que la orden recibida por el capitán Cubillos fue la de intervenir para disolver la protesta y permitir el flujo vehicular.

En palabras de la providencia: “Teniendo en cuenta que, para el día de los sucesos investigados, el capitán (ct.) Manuel Cubillos Rodríguez, según lo manifestado por este, recibió como orden dispersar la manifestación y restablecer la movilidad, instrucción que, presuntamente, le impartió el coronel (cr.) Néstor Raúl Cepeda Cifuentes, quien fungía como comandante nacional de los Escuadrones Móviles Antidisturbios”.

La Procuraduría destacó que la conducta atribuida a Cubillos se califica como dolosa. El documento enfatizó: “Por cuanto, a pesar de tener el conocimiento de los deberes constitucionales y legales que le son exigibles (…) utilizó su arma de dotación de manera libre y voluntaria, en una jornada de manifestaciones donde se encontraban presentes muchos ciudadanos, detonándola en tres ocasiones, según el gasto que reportó, ocasionando la muerte a Dilan Mauricio Cruz Medina, obrando con pleno conocimiento de su comportamiento antijurídico y contrario a derecho”.

De forma paralela a la apertura del juicio disciplinario, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una condena contra la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional. La Sección Tercera de la entidad declaró responsables a estas instituciones por los perjuicios ocasionados a los familiares del joven fallecido, quien murió el 25 de noviembre de 2019 tras recibir el impacto de una munición tipo Bean Bag.

Bogotá. 6 de Febrero del 2020. Sede de la Procuraduría General de la Nación. (Crédito: Colprensa / Sergio Acero)
La Procuraduría atribuyó a Manuel Cubillos una conducta dolosa por usar su arma de dotación en medio de una protesta con numerosos ciudadanos - crédito Sergio Acero/Colprensa

La sentencia fue clara: “La muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, a causa del impacto de una munición disparada desde un arma de dotación oficial de un miembro del Esmad, constituye una grave violación de derechos humanos”.

En el fallo también se destacó que se vulneraron de manera directa los derechos a la vida y a la protesta del joven. El dictamen remarcó que el uso de la fuerza en el operativo no cumplió los principios de necesidad y proporcionalidad, razón por la cual calificó la conducta como irregular y excesiva.

A raíz de estos hechos, la Procuraduría Nacional investiga la cadena de mando y la posible responsabilidad de quienes impartieron órdenes durante la jornada de protesta. La clave de la investigación será determinar si hubo exceso en el uso de la fuerza y si las directrices superiores contribuyeron a la tragedia.

La familia de la víctima sigue esperando respuestas en el proceso penal, que permanece estancado, mientras que el proceso administrativo sí ha avanzado, estableciéndose recientemente la condena contra la Policía Nacional por el caso.

El Ministerio Público, al emitir este pliego de cargos, reconoció que la muerte de Cruz constituye una grave violación a los derechos humanos y declaró el caso como imprescriptible, lo cual garantiza que la investigación no podrá cerrarse sin resolución.

El reconocimiento de la imprescriptibilidad implica que la justicia deberá continuar con la investigación hasta llegar a un resultado, sin importar el paso de los años. Sin embargo, la defensa de la familia advirtió que esta decisión puede convertirse en una “carta blanca” para prolongar indefinidamente el proceso. El avance en la vía disciplinaria contrasta con la parálisis que enfrenta el expediente penal en la Fiscalía, lo que genera preocupación en los allegados a Cruz.

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