
La temporada de declaración de renta de personas naturales entra en cuenta regresiva en Colombia, con vencimientos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) entre el 12 de agosto y el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria (NIT) o de la cédula. Deben presentar la declaración de renta de personas naturales en Colombia aquellos que superen al menos uno de los topes fijados por la entidad para el año gravable 2025, como patrimonio, ingresos, consumos, compras o movimientos financieros.
Millones de contribuyentes deberán informar sus ingresos, patrimonio, consumos, inversiones, compras y demás movimientos financieros correspondientes al año gravable 2025. La declaración no implica de forma automática el pago de impuestos, porque para muchas personas el resultado puede ser un saldo de $0.
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Entre las dudas más frecuentes de esta temporada aparece el costo de acudir a un profesional contable. Ese valor cambia según la complejidad del caso, la cantidad de fuentes de ingresos, el volumen de transacciones y la urgencia con la que se solicite el servicio.

Quiénes deben presentar la declaración
Están obligadas a declarar las personas naturales que cumplan al menos uno de los criterios fijados por la Dian para el año gravable 2025. Entre ellos está:
- Tener un patrimonio bruto superior a $211.792.500 al 31 de diciembre de 2025, equivalente a 4.500 unidades de valor tributario (UVT).
- Quienes hayan obtenido ingresos brutos superiores a $65.891.000 (1.400 UVT) durante el año.
- Quienes hayan tenido consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, y consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a $65.891.000 (1.400 UVT) durante el año.
En la práctica, basta con superar uno solo de esos umbrales para quedar obligado a presentar la declaración.
Cuánto puede costar la asesoría de un contador
Los honorarios de los contadores en Colombia varían según la situación financiera del contribuyente. De acuerdo con un informe de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz, se precisa así:
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- Casos sencillos: con ingresos básicos y pocas deducciones, el cobro estimado va de $200.000 a $500.000.
- Casos básicos: dirigidas a personas naturales con una única fuente de ingresos y pocos movimientos bancarios. En esa categoría, las tarifas se ubican entre $150.000 y $350.000.
- Declaraciones intermedias: pensadas para profesionales, prestadores de servicios o comerciantes con múltiples fuentes de ingresos, varios bienes inmuebles o inversiones activas, el costo oscila entre $400.000 y $1.200.000.
- Declaraciones completas: enfocadas en personas jurídicas o individuos con altos patrimonios, activos en el exterior o esquemas de planeación tributaria avanzada, los honorarios van de $1.500.000 a $3.500.000.

Aparte de esos rangos, hay situaciones de alta complejidad que pueden involucrar auditorías fiscales o asuntos legales. En esos casos, el cobro puede alcanzar los $2.000.000 o más. Al respecto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Ctcp) emite orientaciones sobre honorarios con base en salarios mínimos, pero el mercado es autónomo. En el mercado libre, los precios promedio para este servicio oscilan entre $150.000 y $3.500.000.
Fechas límite oficiales de agosto de 2026
Para preparar la declaración, el contribuyente debe reunir varios documentos, entre los que están:
- Documento de identidad.
- Certificado de ingresos y retenciones.
- Certificados de retenciones.
- Certificados bancarios.
- Certificados de inversiones.
- Certificaciones de intereses de créditos de vivienda.
- Certificados de medicina prepagada.
- Información de bienes inmuebles.
- Información de vehículos.
- Certificados de dependientes para quien aplique.
- Extractos financieros.
- Documentos que respalden ingresos, deducciones o patrimonio.

Durante el primer mes de vencimientos, que es agosto, el turno es para los documentos terminados entre el 01 y el 26. Las fechas límite oficiales son las siguientes:
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- Miércoles 12 de agosto: 01 y 02
- Jueves 13 de agosto: 03 y 04
- Viernes 14 de agosto: 05 y 06
- Martes 18 de agosto (lunes 17 festivo): 07 y 08
- Miércoles 19 de agosto: 09 y 10
- Jueves 20 de agosto: 11 y 12
- Viernes 21 de agosto: 13 y 14
- Lunes 24 de agosto: 15 y 16
- Martes 25 de agosto: 17 y 18
- Miércoles 26 de agosto: 19 y 20
- Jueves 27 de agosto: 21 y 22
- Viernes 28 de agosto: 23 y 24
- Lunes 31 de agosto: 25 y 26
Luis Carlos Reyes, exdirector de la Dian, recomendó contar con una asesoría adecuada al presentar la declaración de renta y recurrir a un contador que respete la normativa, con reputación de honestidad y ética profesional, evitando prácticas indebidas.
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