
Continúa la polémica en Colombia luego de que el presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella, se refiriera a la posibilidad de que Rodrigo Londoño, conocido en su etapa de guerra como “Timochenko”, sea enviado a un centro carcelario por sus acciones cometidas en la época del conflicto armado.
En su tercera alocución como presidente electo, emitida el lunes 13 de julio de 2026, el futuro mandatario enfatizó en que buscará los mecanismos necesarios para que el exlíder de la antigua guerrilla de las Farc sea llevado ante las instancias judiciales.
“Ese bandido de Timochenko merece estar preso de por vida, voy a trabajar en ello. Ningún formalismo aparente puede esconder que los crímenes de guerra y contra la humanidad de los jefes de las Farc siguen impunes”, afirmó el eventual jefe de Estado.
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Sin embargo, este escenario parece estar lejos de ser una realidad, teniendo en cuenta que el Acuerdo de Paz firmado entre el Estado colombiano y el extinto grupo armado en 2016 está blindado bajo el Acto Legislativo 02 de 2017 y la sentencia C-630 de 2017 de la Corte Constitucional.
Vale mencionar que Londoño está sometido por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en su condición de compareciente obligatorio, por haber sido el último máximo comandante de las extintas Farc.
No obstante, existe un camino jurídico que tendría el mandatario electo para cumplir con su promesa de que el exlíder guerrillero sea privado de la libertad.
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Reforma en el Congreso
El camino no sería inmediato ni administrativo, al considerar que cualquier cambio a la naturaleza de la JEP tendría que pasar por el Congreso de la República y luego superar el control de la Corte Constitucional.
Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, planteó en diálogo con Semana que ese trámite podría tomar cuatro años.
“Si el nuevo Gobierno pretende variar esa circunstancia, eso debe ser objeto de una variación normativa. No puede hacerlo de manera directa. Debe ser una reforma que debe pasar por el Congreso”, indicó el abogado al citado medio de comunicación.
Entre tanto, Emilio José Archila, abogado y exconsejero presidencial para la Estabilización y la Consolidación, reiteró que el presidente electo no cuenta con la facultad para determinar la situación jurídica de un ciudadano colombiano.
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“En Colombia existe una separación de poderes. Esto quiere decir, básicamente, que hacer las leyes le corresponde al Congreso”, mencionó el exfuncionario en conversación con Cablenoticias.

Así mismo, advirtió sobre las implicaciones de truncar planes y compromisos ya definidos dentro de la implementación de la paz, en un proceso que, según Archila, exige políticas de Estado y no medidas atadas solo a un gobierno de turno.
“Nada de lo que requiere el país de profundas transformaciones —sobre todo en los territorios más afectados por la violencia y la pobreza— se puede lograr en periodos de 4 años”, manifestó.
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Entre tanto, el analista político Pedro Medellín recalcó a El Tiempo que el Acuerdo de Paz es un compromiso suscrito por el Estado colombiano dentro de una negociación política y que sus etapas deben respetarse.
Finalmente, el presidente de la JEP, el magistrado Alejandro Ramelli, recordó que el Acto Legislativo 01 de 2017, que incorporó al ordenamiento jurídico el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, ya fue revisado y declarado exequible por la Corte Constitucional.
Ramelli añadió que, en un eventual examen de una nueva reforma, también podría aplicarse el test de sustitución, aspecto que fue usado por la Corte para tumbar actos legislativos al considerar que vulneraban principios esenciales de la Carta Política.
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Antecedente
Esta no sería la primera vez que se trataría de modificar la JEP. Durante el gobierno del expresidente Iván Duque, el Ejecutivo objetó seis artículos de la Ley Estatutaria de la JEP relacionados con reparación de víctimas, funciones del Alto Comisionado para la Paz, extradición y aceptación de delitos de lesa humanidad.
Esos reparos fueron enviados al Congreso. La Cámara de Representantes los rechazó y en el Senado se abrió una disputa sobre la mayoría requerida para aprobarlos, un conflicto que terminó resolviendo la Corte Constitucional, que respaldó el rechazo y ordenó sancionar la ley sin cambios.
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