
Un juzgado de Bogotá ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse públicamente de los señalamientos que hizo contra el abogado Hollman Ibáñez Parra, al concluir que las publicaciones difundidas por el mandatario en su cuenta de X vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre, la honra y la dignidad del jurista.
De acuerdo con Semana, la decisión fue adoptada por el Juzgado Quince de Familia de Bogotá, que concedió una acción de tutela presentada por Ibáñez y le dio al jefe de Estado un plazo de tres días, contados desde la notificación del fallo, para publicar una retractación y aclaración utilizando el mismo canal oficial y con un nivel de difusión equivalente al de los mensajes cuestionados.
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El caso se originó tras la controversia generada por la actuación de Hollman Ibáñez como conjuez del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde participó en la discusión sobre la posibilidad de que Iván Cepeda integrara la consulta interpartidista del Pacto Histórico para escoger candidato presidencial.
El origen de la controversia
La polémica comenzó después de que el voto de Ibáñez resultara determinante para que el CNE concluyera que Iván Cepeda no podía participar en la consulta interpartidista, debido a que ya había intervenido previamente en otra consulta política junto con Carolina Corcho y Daniel Quintero Calle.
Tras esa decisión, el presidente publicó varios mensajes en su cuenta de X cuestionando la imparcialidad del abogado.
En un primer momento, el mandatario sostuvo que Hollman Ibáñez había trabajado durante varios años en la firma de abogados del entonces candidato presidencial Abelardo De La Espriella, insinuando que esa relación comprometía su independencia para actuar como conjuez.
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Posteriormente, el presidente compartió una fotografía en la que aparecían Ibáñez y De La Espriella posando frente a una avioneta y escribió un mensaje en el que calificó como un “delito” la actuación del jurista dentro del Consejo Nacional Electoral.
En esa publicación, realizada el 4 de febrero de 2026, Petro afirmó: “Esta persona que ven en la foto, fungió de juez y negó el derecho a elegir y ser elegido de un ciudadano de Colombia que es el rival electoral de su íntimo amigo (...) Estamos ante un delito. El de no haberse impedido y fungir como juez administrativo”.
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Además, aseguró que el caso representaba “un grave golpe a la democracia” y pidió un monitoreo por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y de la Unión Europea.

El juez concluyó que las afirmaciones no tenían sustento
Al estudiar la tutela presentada por Hollman Ibáñez, el despacho judicial concluyó que las afirmaciones realizadas por el presidente no estaban respaldadas por elementos suficientes que permitieran sostener las acusaciones formuladas.
Según el fallo, los mensajes publicados desde la cuenta oficial del mandatario trascendieron el ámbito de la libertad de expresión al presentar como ciertas conductas que no habían sido establecidas por autoridad judicial alguna.
En consecuencia, el juzgado resolvió proteger los derechos fundamentales al buen nombre, la honra y la dignidad humana del abogado Hollman Ibáñez Parra.
La providencia conocida por el medio citado señala: “Ordenar al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, en su condición de presidente de la República, o a quien haga sus veces al momento del cumplimiento de esta decisión, que, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente providencia, publique, por los mismos canales oficiales y con un nivel de difusión equivalente al empleado en las manifestaciones objeto de esta acción constitucional, una retractación y aclaración pública respecto de las expresiones analizadas”.
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Petro deberá publicar la retractación en su cuenta de X
El fallo establece que la retractación deberá difundirse en la cuenta verificada de X del presidente, utilizando un nivel de visibilidad similar al del mensaje original.
Asimismo, el juez precisó que la publicación deberá dejar claro que las manifestaciones realizadas por el mandatario no constituyen una declaración sobre la responsabilidad penal de Hollman Ibáñez, ya que esa determinación corresponde exclusivamente a las autoridades judiciales competentes.
En ese sentido, la decisión indica que el mensaje deberá expresar que: “Las manifestaciones realizadas no constituyen una declaración sobre la responsabilidad penal del señor Hollman Ibáñez Parra, por cuanto la determinación de su eventual existencia de responsabilidad penal corresponde exclusivamente a las autoridades judiciales competentes, dentro del marco del debido proceso y con plena observancia de la presunción de inocencia”.
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Además, el presidente deberá aclarar que los cuestionamientos formulados sobre el ejercicio profesional del abogado no pueden interpretarse como afirmaciones respaldadas por una decisión judicial o por un pronunciamiento definitivo de la autoridad competente.
Como medida adicional, el despacho ordenó que la red social X garantice que el mensaje de retractación permanezca visible durante un mes, teniendo en cuenta que la publicación original continúa disponible para todos los usuarios.

El juez recordó la responsabilidad de los funcionarios públicos
En la sentencia también se advierte que los altos funcionarios del Estado tienen un amplio margen para participar en el debate público, pero esa facultad implica una responsabilidad mayor cuando sus declaraciones pueden afectar los derechos fundamentales de otras personas.
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Por ello, el juzgado sostuvo que las afirmaciones emitidas desde la Presidencia de la República deben estar sustentadas en hechos verificables, especialmente cuando pueden comprometer la reputación de un ciudadano.
De acuerdo con Blu Radio, durante el trámite de la tutela, Hollman Ibáñez aseguró que, tras las publicaciones del mandatario, recibió amenazas contra su integridad y la de su familia, situación que atribuyó a la amplia difusión que tuvieron los mensajes en redes sociales.
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