
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó a la Revista Semana rectificar dos publicaciones sobre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tras considerar que afectaron el buen nombre y la honra de la jurisdicción, así como su derecho a la rectificación. La decisión surgió luego de que la JEP interpusiera una acción de tutela por el contenido de los artículos publicados en abril y noviembre de 2025.
Según la sentencia emitida el 19 de marzo de 2026, la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras concluyó que la revista debía rectificar sus notas tanto en su portal web como en sus redes sociales. El fallo exigió que esta corrección fuera explícita y se difundiera en todas las plataformas digitales del medio de comunicación.
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La orden judicial precisó varios puntos. En cuanto al primer artículo, el fallo dispuso dejar claro que el encuentro en Palomino fue de trabajo, enmarcado en la función misional de la JEP, y que ni los términos judiciales ni la actividad jurisdiccional fueron interrumpidos. También se enfatizó que el viaje no tuvo fines recreativos ni fue financiado con recursos públicos, sino con apoyo internacional.
Respecto al segundo artículo, el tribunal estableció que debía corregirse la afirmación sobre un supuesto “viaje secreto” a Nueva York, aclarando que se trató de una misión oficial en respuesta a una invitación formal de la Cancillería. Ordenó, además, eliminar calificativos como “derrota” o “éxito” en relación con la participación de la JEP ante el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
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El 30 de marzo, el medio de difusión realizó publicaciones en algunas redes sociales, pero la JEP consideró que no se ajustaron a lo exigido por el tribunal. Por ello, solicitó la apertura de un incidente de desacato. El 18 de junio, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá abrió formalmente el incidente y dio tres días a las partes para presentar pruebas.

La Revista Semana respondió el mismo 18 de junio con una nota pública en la que manifestó ante el juez sentirse víctima de hostigamiento judicial y anunció que promovería acciones legales en su defensa.
El episodio refleja un choque entre el derecho a la rectificación y la libertad de prensa, pero la JEP sostuvo que la decisión judicial no entra en conflicto con los principios democráticos. Según la jurisdicción, “el ejercicio periodístico libre e independiente es un derecho, una garantía y un mecanismo esencial de acceso a la información que deben ejercerse con veracidad y responsabilidad social”.
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La JEP hizo un llamado a respetar la autonomía e independencia judicial en Colombia, fundamentos del sistema democrático. Aunque el proceso de desacato sigue abierto, la jurisdicción reiteró que acatará íntegramente la decisión que adopte el juez competente sobre el caso.

El caso entre la Revista Semana y la Jurisdicción Especial para la Paz pone en evidencia la complejidad de las relaciones entre los medios de comunicación y las instituciones judiciales en Colombia. Más allá de los pronunciamientos judiciales y las posturas públicas, este proceso resalta la necesidad de encontrar equilibrios efectivos entre el deber de informar, la obligación de rectificar ante eventuales imprecisiones y la protección de derechos fundamentales como el buen nombre y la honra.
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La apertura del incidente de desacato agrega una dimensión adicional, ya que la respuesta institucional y mediática será observada por distintos actores sociales atentos al respeto por el Estado de derecho.
La discusión no solo involucra a los protagonistas directos, sino que invita a la sociedad a reflexionar sobre los límites y responsabilidades inherentes al ejercicio periodístico, así como sobre el papel de los jueces en la garantía de los derechos fundamentales y la transparencia de la información pública.
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